DIRECTOR GENERAL
Juan Manuel Alvarez Villegas
Funciones del director general:
Son funciones de los directores generales las señaladas en las
leyes, en los reglamentos y en los estatutos respectivos. En particular
les corresponde:
1. Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la entidad y ejercer
su representación legal.
2. Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos del consejo directivo.
3. Presentar para estudio y aprobación del consejo directivo
los planes y programas que se requieran para el desarrollo del objeto
de la corporación, el proyecto de presupuesto, así como
los proyectos de organización administrativa y de planta de personal
de la misma.
4. Presentar al consejo directivo los proyectos de reglamento interno.
5. Ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y
celebrar los contratos y convenios que se requieran para el normal funcionamiento
de la entidad.
6. Constituir mandatarios o apoderados que representen a la corporación
en asuntos judiciales y demás de carácter litigioso.
7. Delegar en funcionarios de la entidad el ejercicio de algunas funciones,
previa autorización del consejo directivo.
8. Nombrar y remover el personal de la corporación.
9. Administrar y velar por la adecuada utilización de los bienes
y fondos que constituyen el patrimonio de la corporación.
10. Rendir informes al Ministro del Medio Ambiente, en la forma que
éste lo determine, sobre el estado de ejecución de las
funciones que corresponden a la corporación y los informes generales
y periódicos o particulares que solicite, sobre las actividades
desarrolladas y la situación general de la entidad.
11. Presentar al consejo directivo los informes que le sean solicitados
sobre la ejecución de los planes y programas de la corporación,
así como sobre su situación financiera, de acuerdo con
los estatutos.
12. Las demás que los estatutos de la corporación le señalen
y que no sean contrarias a la ley.