PREGUNTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES

 

Apreciado usuario:

Este es un espacio en el que usted encontrará respuestas a las preguntas más frecuentes que nos hace la comunidad, sobre temas relacionados con los recursos naturales y el ambiente.

Aquí encontrará las respuestas a preguntas agrupadas por diferentes temas, y podrá acceder a ellas haciendo clic en el nombre del tema que sea de su interés.

Esperamos que encuentre en este espacio la respuesta a las preguntas de su interés. Si no encuentra respuesta a sus preguntas, por favor escríbanos en la sección Contáctenos, y con gusto le responderemos.

 

TEMAS:

1. Qué hace la CARDER?

La CARDER es la Corporación Autónoma Regional que administra el medio ambiente y los recursos naturales renovables en el Departamento de Risaralda; sus catorce municipios, constituyen el área de su jurisdicción.

2. Dónde se encuentra ubicada la sede de la CARDER?

Sede principal:  Avenida de las Américas # 46 – 40
PBX : (+57) 606 311 65 11
Línea denuncias ambientales y suministro de información ambiental: (+57) 606 311 65 11 

Línea gratuita: 018000 518404

Horario de Atención al Público, Sede Principal:

Lunes a jueves de 7:00 am a 12:00 m y de 1:00 a 4:300 pm – Viernes (Jornada continua) de 7:00 am a 3:30 pm

Horario de expedición de salvoconducto:

Lunes a viernes de 8:00 am a 12:00 m

3. ¿Quién es el Director de la CARDER?

El Director general de la CARDER es el doctor Julio César Gómez Salazar

4. ¿Quién elige al Director?

El director de la CARDER es elegido por el Consejo Directivo, conformado por el representante del Presidente de la República, un representante del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Gobernador quién lo preside, cuatro Alcaldes, un representante de las Comunidades Indígenas, un representante de las Comunidades Afrocolombianas, dos representantes de las ONG Ambientales y dos representantes de los Gremios Económicos.

5. De dónde provienen los recursos de la CARDER?

•  De la sobretasa del impuesto predial que se cobra a través de los municipios.

•  De la venta o prestación de servicios, como las licencias ambientales, permisos, autorizaciones, concesiones, visitas de campo, laboratorio de análisis de agua

•  Tasas por uso, tasas retributivas y compensatorias

•  Multas por sanciones e infracciones

•  Recursos del presupuesto Nacional

•  Convenios de cooperación nacional e internacional.

6. En qué invierte la CARDER el dinero recaudado proveniente de la sobretasa del impuesto predial?

Estos recursos se invierte en programas y proyectos de recuperación, conservación y protección de los recursos naturales y del ambiente, y en general para la administración de los mismos en el departamento de Risaralda

1. Qué trámites debo adelantar para solicitar permisos, autorizaciones, concesiones, aprobaciones y licencias ambientales a La CARDER?

La información para dichos tramites la encontrará muy detallada en la  sección Trámites y Servicios

2. Qué es una Licencia Ambiental?

La Licencia Ambiental es una autorización para ejecutar una obra o actividad que esta sujeta al cumplimiento por parte del solicitante, de unos requisitos en relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales que puede tener la obra o actividad autorizada.

3. Qué Proyectos requieren Licencia Ambiental?

Se exige licencia ambiental en los casos enunciados en los artículos 8 y 9 del decreto 1220 de abril de 2005, modificados por el decreto 500 de 2006. Para mayor información sobre este tema, consulte la Guía del Usuario en nuestra Página Web.

1. Cuáles son las principales cuencas hidrográficas de Risaralda?

Para el conocimiento y administración del recurso hídrico La CARDER realizo una sectorización hídrica del departamento según la cual este se distribuye en dos grandes cuencas, siete cuencas, 42 subcuencas y 326 microcuencas:

•  Gran Cuenca:

Río Cauca, Río San Juan

•  Cuencas :

Río Otún, Río Campoalegre, Río La Vieja, Río Risaralda, Río Cañaveral, Río Tatamá, Río Agúita

– Subcuencas:

Río Azul, Río Barbo, Quebrada San José, Quebrada Dosquebradas, Quebrada Combia, Quebrada La Cristalina, Campo Alegrito, Río San Eugenio, Quebrada La estrella, Río Barbas, Río Cestillal, Río Consota, Quebrada Piñal, Quebrada El Guayabo, Quebrada La Nona, Río San Francisco, Río Guática, Quebrada Chapatá, Quebrada Guarne, Río Apía, Río Mapa, Río Totuí, Quebrada santa Helena, Río Monos, Quebrada Cuba, Río Opiramá, Río Quinchía, Río Tatamá, Quebrada Cuanza, Quebrada Curumbará

 

2. En una finca de mi propiedad hay un nacimiento de agua que quiero proteger, a dónde me debo dirigir para que me asesoren?

Alrededor de los nacimientos de agua debe existir una franja protectora sembrada con especies de plantas de la región. Diríjase a nuestra sede ubicada en la Calle 46 con Avenida de las Américas, Subdirección de Gestión Ambiental Territorial, primer piso en Pereira. Teléfono 3141455 Oficina No. 110, o en las Oficina verdes de cada municipio.

 

3. Por mi predio pasa una aguita que puedo hacer con ella?

Para utilizar el aguita que pasa por el predio es necesario solicitar una concesión de aguas a la CARDER.

Para proteger el agua que pasa por el predio, se debe conservar una franja de retiro con bosque protector que, dependiendo del tamaño de la finca, oscila entre 6 y 30 metros de ancho.

Cuando se trata de proteger un nacimiento de agua, se deben dejar 20 metros alrededor del mismo en bosque natural.

En caso de que el bosque natural que protegía el nacimiento o la corriente de agua que pasa por el predio haya sido tumbado, se debe sembrar nuevamente bosque y mantenerlo para que siempre esté protegida la corriente de agua.

 

4. ¿Cómo se remueve el hierro presente en las aguas subterráneas?

Las aguas subterráneas generalmente tienen alto contenido de hierro y otros minerales que provienen del lavado de rocas y sedimentos por los cuales ésta ha transitado. Aunque este hierro no constituye un riesgo directo para la salud humana causa problemas como color y sabor en el agua, manchas en la ropa y sanitarios, etc. Pero el principal problema es que consume el cloro de desinfección, quedando el agua desprotegida frente a agentes patógenos.

Existen varios métodos para remover el hierro del agua extraída de pozos o aljibes, entre los más comunes está la aireación mediante torres metálicas o de fibra de vidrio, las cuales tiene bandejas sucesivas en las que se dispone carbón activado para lograr la precipitación y retención del hierro y manganeso, como se ilustra en la gráfica. Este proceso generalmente está acompañado de otros procesos de filtración para remover partículas finas y desinfección del agua por cloración.

1. Cuál es la calidad del Río Otún?

En términos generales, a su ingreso en la ciudad de Pereira, el río Otún es de buena calidad; sin embargo, en su discurrir por el tramo urbano se tiene un deterioro progresivo. Una vez el río Otún se aleja del casco urbano se recupera gradualmente hasta la desembocadura en el río Cauca.

2. Cuáles son los problemas principales de contaminación del Río Otún?

Las diferentes actividades que se desarrollan en la ciudad y que utilizan agua en los diferentes procesos: comerciales, industriales, institucionales, recreativas, etc., propician su transformación y son entregadas como aguas residuales a la red de alcantarillado.
Los principales problemas de contaminación del río Otún se presentan a nivel urbano, dado que en su tránsito por la ciudad (directa e indirectamente) recepciona los alcantarillados de la ciudad de Pereira y el municipio de Dosquebradas.
El río Otún, con el recibo directo de los descoles que hacen parte del alcantarillado municipal de Pereira e indirectamente a través de la quebrada Dosquebradas (desembocadura en el sector de Pedregales con las aguas residuales generadas en Dosquebradas), se ve fuertemente afectado en su calidad sanitaria.

¿Qué hace la CARDER para controlar la contaminación en el río Otún?

Monitoreo de Corrientes de Agua: Con el propósito de conocer la calidad sanitaria de los principales cuerpos de agua en el departamento de Risaralda, la CARDER adelanta un programa de monitoreo de corrientes superficiales; el programa realizado durante varios años incluye el monitoreo de la calidad sanitaria del río Otún, con una frecuencia de por lo menos dos veces al año y con datos históricos de caudal, parámetros fisicoquímicos y bacteriológicos desde el año 1984.

Monitoreo de Vertimientos: La CARDER ejecuta un programa de monitoreo de vertimientos en el departamento de Risaralda, cubriendo la caracterización de los principales usuarios de los sectores generadores de contaminantes en sus vertimientos (origen doméstico, industrial, pecuario, etc.) y para el caso en cuestión localizados en la conurbación de Pereira – Dosquebradas.

Programa de Evaluación, Control y Seguimiento de vertimientos: La CARDER, como Autoridad Ambiental, a los usuarios que descargan directamente vertimientos sobre los cuerpos de agua y previo cumplimiento de los requisitos de ley, les expide el denominado PERMISO DE VERTIMIENTO, el cual contiene las obligaciones conducentes a reducir de manera significativa los contaminantes generados. Cada permiso conlleva al seguimiento correspondiente.

Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos – PSMV: La CARDER, para el caso de los Alcantarillados Urbanos de Pereira y Dosquebradas a las Empresas AGUAS Y AGUAS DE PEREIRA y SERVICIUDAD de DOSQUEBRADAS, ha aprobado mediante Resoluciones los Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos correspondientes. Los PSMV aludidos contemplan las acciones (construcción de colectores interceptores y planta de tratamiento) que a corto, mediano y largo plazo deben conducir a la recuperación del río Otún y de sus afluentes principales, entre ellos la quebrada Dosquebradas.

Programa de Saneamiento Hídrico: La CARDER en Convenio con las Alcaldías, las Empresas de Servicios Públicos de Acueducto y Alcantarillado Municipales, el Comité Departamental de Cafeteros, y otras Entidades, adelanta un Programa de Saneamiento de corrientes de agua afectados por vertimientos de viviendas dispersas a nivel rural y que no cuentan con tratamiento de las aguas residuales domésticas y el cual consiste en instalar Sistemas de Aguas Residuales (Tanques sépticos) en comunidades de bajos recursos.

3. Cómo se obtiene información de la calidad del Río Otún?

Toda la información generada por la Corporación, es decir, reportes, evaluaciones y estudios, son de carácter público y por tanto pueden ser consultados en el Centro de Documentación (Oficina 105) y en la Oficina de Archivo de Expedientes (Oficina 112) o ingresando a

4. Quién declaró la existencia del Parque Lineal o Ecoparque del río Otún?

El Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca -POMCA- del Río Otún fue adoptado por acuerdo de la Comisión Conjunta compuesta por CARDER y la Unidad Administrativa Especial de Parques Naciones. En el mismo se reconoce un Área de especial importancia ecosistémica, que constituye el área del parque.

5. Dónde está localizado el parque lineal?

El área del parque está conformada por el corredor entre La Bodega Santander (Barrio Kennedy del municipio de Pereira) y el corregimiento de La Florida en una longitud cercana a los 9.5 km y un ancho variable, que tiene como eje el río Otún, en los municipios de Pereira, Dosquebradas y Santa Rosa de Cabal – Departamento de Risaralda. Comprende un suelo de protección del recursos hídrico, arriba de la bocatoma; suelo para la protección del paisaje y la cultura, entre la bocatoma y la zona urbana de Pereira y Dosquebradas, un tramo del macroproyecto Otún, en la zona urbana de Pereira.

6. Qué usos del suelo son permitidos en el área del Parque?

Los usos en el área serán definidos en un acuerdo de manejo que está siendo concertado con la comunidad y con las autoridades municipales de Pereira, Dosquebradas y Santa Rosa de Cabal.

7. Cuál es la zona forestal protectora reconocida en el Area del parque?

Es una franja de 30 metros, los primeros 15 metros corresponden a los retiros asociados a la amenaza geológica, amenaza por inundación y torrencialidad y a la protección de la fauna y la flora y en los cuales se tendrá la cobertura vegetal protectora como uso exclusivo, permitiéndose la construcción de obras de estabilización y la recreación pasiva (educación ambiental, disfrute del paisaje entre otros); los 15 metros siguientes serán destinados al desarrollo de actividades de educación ambiental, ecoturismo, recreación activa con las restricciones que determinen los estudios correspondientes.

8. Que motivó la creación del parque lineal?

La identificación, reconocimiento y valoración del río Otún como patrimonio natural motivó la creación de este parque. La cuenca ha sido proveedora de madera, pesca, antiguamente animales de cacería y fuente esencial de agua para generación de energía, consumo doméstico y desarrollo de actividades lúdicas y recreativas. De esta forma el río constituye el principal patrimonio natural de Risaralda, que ha estado ligado a su historia, al tiempo que define la plataforma que determinará el futuro económico y social de la zona.

Sin embargo, la facilidad de acceso al río por su conexión a los centros urbanos viene motivando el desarrollo de actividades que amenazan a éste y a los recursos naturales asociados. Así, la ubicación estratégica del río Otún constituye una gran oportunidad y, paradójicamente, una inmensa debilidad que exige adoptar decisiones y emprender acciones entre distintos estamentos de la sociedad.

9. Cuales son los componentes del proyecto parque lineal del río Otún:

– Formulación de acuerdo de manejo: Zonificación y reglamentación de usos del suelo, plan de acción.
– Recuperación de zona forestal protectora.
– Saneamiento ambiental de centros poblados rurales menores
– Construcción de infraestructura para recreación y turismos sostenible
– Formulación de agenda de turismos sostenible para la cuenca

 

  1. Qué hace la CARDER para controlar la contaminación del aire?

La CARDER realiza las mediciones de los contaminantes presentes en el aire respirable en los cuatro principales municipios del Departamento, de acuerdo con los procedimientos, frecuencias y metodologías establecidas nacionalmente por el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo territorial. La CARDER en el momento de identificar concentraciones de contaminantes al aire asociados a los problemas de la salud de la población, debe emprender acciones de control para reducción de la contaminación, las cuales deben contar con la participación de las entidades territoriales, autoridades de tránsito y transporte, de salud y del sector empresarial, las acciones y medidas son orientadas a reducir los niveles de concentración de los contaminantes en forma directa o indirectamente mediante La construcción de los lineamientos para el ordenamiento del territorio. Las acciones y medidas estarán dirigidas por lo menos hacia los siguientes aspectos:

  • Programas de seguimiento al cumplimiento de la normatividad para fuentes fijas y Quemas.
  • Ampliación en cobertura de áreas verdes.
  • Control a la resuspensión de material particulado.
  • Integración de políticas de desarrollo urbano y calidad del aire.
  • Prevención a la población respecto a la exposición a niveles altos de contaminación.
  • Declaratoria de los niveles excepcionales de contaminación del aire
  • Fortalecimiento de la educación ambiental, investigación y desarrollo tecnológico.
  • Cobertura y reforestación de áreas afectadas por la erosión.
  • Programas de mejoramiento del espacio público.
  • Promover el uso de Tecnologías limpias.
  • Establecimiento de pautas para la planeación del territorio, teniendo en cuenta el comportamiento y dispersión de los contaminantes monitoreados.
  • Mejoramiento o implementación de sistemas de control ambiental de las industrias.

 

  1. Qué hace la CARDER para controlar la contaminación producida por los vehículos?

La CARDER certifica los procedimientos y metodologías empleados por los Centros de Diagnóstico Automotores autorizados por organismos certificadores definidos por los Ministerios de Transporte y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo territorial en cumplimiento de las normas técnicas del Instituto Nacional de Normas Técnicas ICONTEC; Igualmente con el apoyo de la Red de calidad del aire, genera acciones en forma directa o indirectamente mediante aporte específico en los lineamientos para el ordenamiento del territorio. Las acciones y medidas para la contaminación por vehículos estarán dirigidas por lo menos hacia los siguientes aspectos:

 

  • Modernización del parque automotor.
  • Reforzamiento de los programas de seguimiento al cumplimiento de la normatividad de fuentes móviles.
  • Reconversión de vehículos a combustibles más limpios.
  • Integración de políticas de desarrollo urbano, transporte y calidad del aire.
  • Lineamientos para el ordenamiento en materia de movilidad y ordenamiento vial.
  • Promover el uso de combustibles limpios.
  • Establecimiento de pautas para la planeación del territorio, teniendo en cuenta el comportamiento y dispersión de los contaminantes monitoreados.
  • Programas de vigilancia del parque automotor y Centros de Diagnóstico.

 

  1. A quién le corresponde controlar la contaminación vehicular?

Con la entrada en vigencia de la Resolución 3500 del 2005 expedida por los Ministerios de Transporte y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, las pruebas de gases contaminantes en vehículos automotores dejaron de ser un procedimiento independiente como ocurrió durante los últimos nueve años y ahora se convirtieron en un apéndice más de la revisión técnico mecánica, es decir, todo automóvil o motocicleta, debe realizar revisión obligatoria en los Centros de Diagnóstico previamente habilitado por el Ministerio de Transporte, y deberá someter el vehículo a un paquete de chequeos que incluyen entre otros, el sistema de frenos, luces, suspensión, dirección, llantas, ruido y la usualmente denominada prueba de gases .

Teniendo en cuenta el cambio en las características de las pruebas y que el Ministerio de Transporte es la autoridad competente de otorgar la habilitación de los Centros de Diagnóstico, encargada de la expedición de certificados, control de información, además que la prueba integrada se encuentra definida como obligatoria por parte del código de tránsito y transporte o ley 760 de 2002, recomiendo, corresponde a las entidades adscritas al Ministerio de Transporte efectuar los controles en vía pública en cumplimiento de sus funciones.

La CARDER con la vigilancia de los contaminantes presentes en el aire respirable de los cuatro principales municipios del Departamento, mediante la Red de calidad del aire, le permite identificar el origen de los contaminantes a partir de cada fuente, ya sea fija, dispersa o móvil, igualmente la reducción de contaminación y las acciones para minimizar el riesgo sobre la salud de la población expuesta, incluyen medidas de control sobre las fuentes vehiculares.

 

1. Hay un árbol en la acera frente a mi casa que con sus raíces esta afectando a mi vivienda, a quién me debo dirigir para que me autorice tumbarlo?

Los árboles ubicados en espacios públicos de la zona urbana en Pereira, están a cargo de la Secretaría de Infraestructura del Municipio, Teléfono 3248153, sus oficinas están localizadas en el piso 9 de la Alcaldía de Pereira. En los demás municipios del departamento el espacio público esta a cargo de las secretarías de planeación municipal. 

2. En la calle, frente a mi casa, hay un árbol muy frondoso que con sus ramas esta afectando el techo de mi vivienda, puedo podarlo?

Este árbol esta en el espacio público de la zona urbana de Pereira, por lo tanto le corresponde a la Secretaría de Infraestructura del Municipio autorizar o realizar la poda o cualquier otra intervención. Comuníquese con el Teléfono 3248153; las oficinas quedan en el piso 9 de la Alcaldía de Pereira.En los demás municipios del departamento el espacio público esta a cargo de las secretarías de planeación municipal. 

3. En el parque de mi barrio hay un árbol que esta a punto de caer y puede afectar a la personas, principalmente los niños que juegan allá, dónde puedo avisar para evitar un accidente?

Los parques hacen parte del espacio público. En la zona urbana de Pereira están a cargo de la Secretaría de Infraestructura de éste Municipio, . Comuníquese con el Teléfono 3248153, sus oficinas están localizadas en el piso 9 de la Alcaldía de Pereira.En los demás municipios del departamento el espacio público esta a cargo de las secretarías de planeación municipal.

 4. En el solar de mi casa hay un árbol demasiado grande que me esta afectando los cimientos, puedo cortarlo o necesito algún permiso?

Los árboles plantados, de ornato, frutales o similares no requieren autorización para su aprovechamiento o tala, por lo tanto usted lo puede podar o cortar si lo considera necesario. Tenga en cuenta que usted puede hacer uso de la madera en su propiedad. Si la va a desechar, evite afectar el espacio público o corrientes de agua.Si la madera obtenida del árbol cortado es de interés comercial y pretende movilizarla o comercializarla, deberá registrar el árbol en el ICA antes de su aprovechamiento. Para la movilización requiere copia del registro del ICA y una remisión para la madera transportada que incluya el numero de registro en el ICA, el destino, (Cliente y dirección) y las especies forestales transportadas. 

5. En una finca de mi propiedad planté unos árboles hace mas de 10 años y quiero aprovechar la madera. Debo solicitar permiso? En caso afirmativo, a quién debo dirigirme?

Toda plantación de árboles debe registrarse ante el ICA para su aprovechamiento, por este motivo usted debe dirigirse al ICA en Dosquebradas teléfono 3300081 ó 330 02 06, donde le informarán acerca de los trámites que debe adelantar.En caso de que la plantación sea de caracter protector, usted debe dirigirse a la CARDER para consultar si puede ser aprovechada. Número teléfonico: 314 14 55, Subdirección de Gestión Sectorial. 

6. En una finca de mi propiedad hay un guadual y quiero vender algunas guaduas. ¿ Qué debo hacer?

La CARDER es la entidad encargada de otorgar los permisos para el aprovechamiento de bosques naturales (incluyendo guaduales naturales y plantados) por este motivo, el propietario del predio debe dirigirse a esta entidad para solicitar el permiso de aprovechamiento forestal. Diríjase a nuestra sede ubicada en la Calle 46 con Avenida de las Américas, Ventanilla Verde, primer piso en Pereira. Teléfono 3141455 ó en las Oficinas Verdes localizadas en cada municipio. 

7. Quiero sembrar unos árboles en mi finca, cuales me recomiendan?

El material vegetal a utilizar depende del objetivo para el cual se quieren establecer, por ejemplo:•  PLANTACIONES HOMOGENEAS O ASOCIADAS A CULTIVOS DE CARÁCTER COMERCIAL (PRODUCTORAS)Se podrán utilizar especies como Nogal, Cedro, Eucalipto, Guayacán, Tambor, Acacia mangium, Drago, Guadua, etc.•  PLANTACIONES LINEALESExisten varias modalidades, si es para conformar setos se puede trabajar con Limón Ornamental (Suinglia), Astromelios, Ciprés, Guaduilla, Jazmín de la India, etc; si la finalidad es la conformación de cercos vivos, es posible sembrar Nogal, Guayacán, Eucalipto, Acacias (rubinia, mangium, forrajera, amarilla, roja), Jazmín de Malabar, etc.•  SISTEMAS AGROFORESTALES Y/O SILVOPASTORILESLa finalidad es servir como sombrío al cultivo principal o al ganado, mejorar las condiciones de los cultivos, mantener las características del suelo, entre otras.Se puede trabajar prácticamente con todas las especies antes mencionadas, dependiendo de la finalidad, sin embargo para potreros se recomiendan las Acacias (Forrajera, Roja, Rubinia), el Samán, El Písamo, el Cámbulo.Adicionalmente existe otro tipo de especies de porte menor que tienen uso múltiple y aportan a la seguridad alimentaria, entre los cuales se cuentan el Chachafruto, El Guandul y Frutales en general.

•  PLANTACIONES PROTECTORAS 

1. Cuántos parques naturales tiene Risaralda?

Risaralda cuenta con un Sistema Departamental de Áreas Protegidas que cubre el 33% del territorio del departamento, conformado por :

Parques Nacionales Naturales :

•  Parque Nacional Natural Tatamá

•  Parque Nacional Natural de los Nevados

•  Santuario de Flora y Fauna Otún Quimbaya.

 

Parques Naturales Regionales:

•  Parque Natural Regional Ucumarí

•  Parque Natural Regional Verdum

•  Parque Natural Regional Rionegro

•  Parque Natural Regional Santa Emilia

 

             Distritos de Manejo Integrado:

•  Distrito de Manejo Integrado La Nona

•  Distrito de Manejo Integrado Guásimo

•  Distrito de Manejo Integrado Planes de San Rafael

•  Distrito de Manejo Integrado Cuchilla de San Juan

•  Distrito de Manejo Integrado Arrayanal

 

Áreas de Recreación :

•  Área de Recreación Cerro Gobia

•  Área de Recreación Alto del Rey

 

Distritos de Conservación de Suelos:

•  Distrito de Conservación de Suelos Barbas – Bremen

•  Distrito de Conservación de Suelos La Marcada

•  Distrito de Conservación de Suelos Campoalegre

•  Distrito de Conservación de Suelos Alto del Nudo

 

Áreas de Manejo Especial Étnico:

•  AMEC Indígenas Agüita Mistrató

•  AMEC Negras Amurrupá

 

2. A quién debo dirigirme para hacer una reserva en el Centro de Visitantes La Pastora?

El Sistema Departamental de Áreas Naturales Protegidas de Risaralda cuenta con una oficina de promoción para el ecoturismo localizada en el Centro Comercial Fiducentro Local A-116, teléfono 325 47 81 el horario de atención al público es de lunes a jueves de 2 a 6 de la tarde y los viernes de 8 a 12 y de 2 a 6. En esta oficina ofrecen información turística de los 21 parques naturales del Departamento de Risaralda, y reservaciones para alojamiento en los diferentes centros de visitantes.

 

3. Cómo puedo ir a la Laguna del Otún?

La Laguna del Otun se encuentra dentro del Parque Nacional Natural los Nevados, cuya autoridad ambiental corresponde a la Unidad de Parques, favor comunicarse al teléfono No. 8864104. Allí le indicarán la forma correcta de acceder al sitio.

 

4. Cómo puedo ir a la Suiza?

La Suiza es el centro de visitantes del Santuario de Flora y Fauna Otún Quimbaya, corresponde a una área protegida de carácter nacional. Usted puede llegar por la vía Pereira – La Florida – El Cedral. Para realizar la reservación, comuníquese con el teléfono: 0985206124.

1. Qué animales puedo tener en mi casa?

Si decides tener una mascota en casa debes tener en cuenta varios aspectos que involucran tanto tu bienestar como el del animal que escojas:

  • Debe ser un animal doméstico, como perros, gatos, conejos, pericos australianos, canarios cantores, entre otros. Los animales silvestres como las loras, guacamayas, serpientes, micos, iguanas, NO deben estar fuera de su ambiente natural y estan protegidos por la Ley.
  • Tú o los de tu casa no deben tener alergias respiratorias ó de otra índole.
  • El animal se escoje según el espacio con que cuentes en tu casa, debes brindarle bienestar al animal.
  • Todos los animales necesitan de cuidado, debes garantizar que no permanezcan solos, garantizarles alimento adecuado según la especie, visitas al veterinario por lomenos una vez al año, que incluyan vacunas y demás. Si sales de viaje debes garantizar quien lo cuide
  • Jamás botarlos a la calle cuando te canses de ellos, debes garantizarle un nuevo hogar.

    Si puedes cumplir estas condiciones, puedes tener una mascota.

 

2. La CARDER decomisa animales?

La CARDER está facultada para hacer decomisos, pero se hace de manera coordinada con las demás instituciones de control, a través del CIFFRI. La CARDER coordina el Comité Interinstitucional de Fauna y Flora de Risaralda, CIFFRI, donde se coordinan las actividades de control al comercio y la tenencia ilegal de fauna y flora silvestre. Los miembros de este comité son la CARDER, Policía Ambiental, Fiscalía, Policía Judicial, Corporación Universitaria Santa Rosa de Cabal-UNISARC, Parques Nacionales Naturales, Bioparque Ukumari, Municipio de Pereira (Secretaria de Desarrollo Rural y Secretaria de Gobierno), Asociaciones animalistas.

 

3. Quién decomisa animales?

Son competentes para adelantar decomisos Los Inspectores de Policía y los demás funcionarios de orden nacional o departamental. Igualmente los funcionarios de las diferentes autoridades ambientales de orden nacional o departamental encargados de labores de administración control y vigilancia de los Recursos Naturales.

 

4. Qué animales decomisan y porqué?

Se decomisan las especies de fauna silvestre que no hayan sido adquiridos en un zoocriadero legalmente establecido (se debe tener la documentación oficial). Igualmente se decomisan los animales domésticos que esten siendo maltratados.


En los ecosistemas, cada animal cumple una función muy importante, por ejemplo, las loras y guacamayas son dispersoras de semillas, muchas especies de árboles pueden reproducirse gracias a esta labor. Cuando las sacamos de su medio natural, esta labor deja de cumplirse, se perjudican las especies de árboles que dependen de ellas y por ende, todas las demás especies que dependen de esos árboles. El daño es incalculable, si tenemos en cuenta además que nuestros bosques año a año se destruyen por diferentes razones, entenderemos que para lograr un ambiente sano debemos permitir que las especies cumplan sus funciones naturales (igual pasa con las demás especies). Si tenemos en cuenta que las loras y guacamayas no se reproducen en cautiverio fácilmente y que muchas pesonas tienen en su poder una gran cantidad, podremos imaginarnos que estará pasando en los ecosistemas. Por esto, existen Leyes que protegen estas especies del tráfico y la tenencia ilegal.

 

5. Qué hacen con los animales que decomisan?

Los animales que la CARDER recibe como resultado de decomisos, pasan a un hogar de paso donde son atendidos por personal especializado. En este lugar son analizados a través de análisis clínicos, físicos y de comportamiento para verificar si son aptos o nó para su liberación. En el caso de resultar aptos se verifica el lugar de origen y se prepara el procedimiento para hacerlo, algunas veces hay que apoyarse en otras CAR’s. Los que no resultan aptos, deben permanecer en cautiverio permanente, y según la especie, se define su destino final que puede ser un zoológico, un centro de investigación ó un tenedor de fauna silvestre legalizado por la Corporación.

 

6. Qué puedo hacer yo para colaborar con el control a la tenencia ilegal de animales?

No comprar fauna silvestre en sitios diferentes a zoocriaderos legalmente establecidos y denuciar este comercio ilegal. Se denuncia a la Policía ó a la CARDER.

 

7. Si yo sé que mi vecino tiene un animal silvestre en cautiverio, qué debo hacer?

Informarle que estos animales no deben permanecer en cautiverio e invitarlo para que haga una entrega voluntaria. Comunicarse con la CARDER.

 

  1. La CARDER expide conceptos de uso del suelo?.

 

La CARDER no es la entidad que expide ese tipo de conceptos. 

 

La expedición de conceptos de uso del suelo es función de la Oficina de Planeación Municipal, Curaduría Urbana (para municipios que tengan estas dependencias), o la dependencia delegada para expedir licencias en la administración municipal.

 

Un concepto de uso del suelo es un dictamen escrito por las oficinas de planeación municipal, curadurías urbanas o dependencias delegadas para expedir licencias en las administraciones municipales.  En este concepto, se informa al interesado sobre el uso o usos permitidos en un predio o edificación, de conformidad con las normas urbanísticas del Plan de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo desarrollen.

 

La expedición de estos conceptos no otorga derechos ni obligaciones a su peticionario y no modifica los derechos conferidos mediante licencias que estén vigentes o que hayan sido ejecutadas.

 

Norma aplicable:  Decreto 1077 de 2015. ARTÍCULO 2.2.6.1.3.1.

  https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=77216

 

  1. La CARDER expide conceptos de norma urbanística?

 

La CARDER no es la entidad que expide ese tipo de conceptos. 

 

La expedición de conceptos de norma urbanística es función de la Oficina de Planeación Municipal, Curaduría Urbana (para municipios que tengan estas dependencias), o la dependencia delegada para expedir licencias en la administración municipal.

 

Un concepto de norma urbanística es un dictamen escrito por las oficinas de planeación municipal, curadurías urbanas o dependencias delegadas para expedir licencias en las administraciones municipales.  En este concepto se informa al interesado sobre las normas urbanísticas y demás vigentes aplicables a un predio que va a ser construido o intervenido.

 

La expedición de estos conceptos no otorga derechos ni obligaciones a su peticionario y no modifica los derechos conferidos mediante licencias que estén vigentes o que hayan sido ejecutadas.

 

Norma aplicable:  Decreto 1077 de 2015. ARTÍCULO 2.2.6.1.3.1.

 https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=77216

 

  1. La CARDER es la responsable de formular, adoptar y ejecutar los planes de ordenamiento territorial municipal?

 

La CARDER no es la entidad responsable de formular, adoptar ni ejecutar los planes de ordenamiento territorial municipal.

 

El rol de la CARDER como autoridad ambiental,  se evidencia a través de la concertación de los temas ambientales que deberán ser reconocidos y respetados en los planes de ordenamiento territorial municipal.    De igual manera se da a través del seguimiento, donde se verifica el cumplimiento de los temas ambientales concertados y propuestos en el plan de ordenamiento territorial en el contenido y programa de ejecución.

 

Los responsables de formular, ejecutar y revisar los planes de ordenamiento territorial son las administraciones municipales.

 

Los responsables de adoptar los planes de ordenamiento territorial municipal son los Concejos Municipales a través de Acuerdo Municipal o los Alcaldes vía Decreto. 

 

Los planes de ordenamiento territorial municipal son el instrumento básico para desarrollar el proceso de ordenamiento del territorio municipal. Se define como el conjunto de objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adoptadas para orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo.

 

Los planes de ordenamiento del territorio se denominarán:

  1. a) Planes de ordenamiento territorial POT: elaborados y adoptados por las autoridades de los distritos y municipios con población superior a los 100.000 habitantes;
  2. b) Planes básicos de ordenamiento territorial PBOT: elaborados y adoptados por las autoridades de los municipios con población entre 30.000 y 100.000 habitantes;
  3. c) Esquemas de ordenamiento territorial EOT: elaborados y adoptados por las autoridades de los municipios con población inferior a los 30.000 habitantes. (…)

 

Norma aplicable:  Ley 388 de 1997

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0388_1997.html

 

  1. La CARDER es la responsable de formular, adoptar y ejecutar planes parciales?

 

La CARDER no es la entidad responsable de formular, adoptar ni ejecutar los planes parciales. 

 

El papel de la CARDER como autoridad ambiental,  se evidencia a través de la concertación de los temas ambientales que deberán ser reconocidos y respetados en los planes parciales, siempre en sintonía con el plan de ordenamiento territorial.    De igual manera se da a través del seguimiento, donde se verifica el cumplimiento de los temas ambientales concertados.

 

Los Planes Parciales son elaborados por por la administración Municipal o propuestos por las comunidades o particulares interesados en su desarrollo, mediante una entidad Gestora, de acuerdo con los parámetros del POT. El Plan Parcial lo adopta el Alcalde Municipal mediante decreto.

 

Un plan parcial es un instrumento mediante el cual se desarrollan y complementan las disposiciones de los planes de ordenamiento territorial, para áreas determinadas del suelo urbano y para las áreas incluidas en el suelo de expansión urbana, además de las que deban desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística, macroproyectos u otras operaciones urbanas especiales, de acuerdo con las autorizaciones emanadas de las normas urbanísticas generales, en los términos previstos en la Ley 388 de 1997.

 

Mediante el plan parcial se establece el aprovechamiento de los espacios privados, con la asignación de sus usos específicos, intensidades de uso y edificabilidad, así como las obligaciones de cesión y construcción y dotación de equipamientos, espacios y servicios públicos, que permitirán la ejecución asociada de los proyectos específicos de urbanización y construcción de los terrenos incluidos en su ámbito de planificación. 

 

Norma aplicable:  Ley 388 de 1997 y Decreto 1077 de 2015 ARTÍCULO 2.2.1.1.

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0388_1997.html

https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=77216

 

  1. Quién formula las determinantes ambientales?

Las determinantes ambientales son formuladas por la autoridad ambiental con jurisdicción en el territorio de interés, es decir, para el departamento de Risaralda, la CARDER es la autoridad ambiental encargada de formular las determinantes ambientales.

 

La CARDER cuenta con la Resolución 1723 de 2017 que acoge las determinantes ambientales para el ordenamiento territorial e incluye los siguientes temas:  Variabilidad y cambio climático, estructura ecológica, gestión integral del recurso hídrico, gestión integral del riesgo, gestión integral de residuos sólidos, clasificación del suelo, ordenamiento del suelo rural, espacio público y calidad del aire.

 

Las determinantes ambientales son directrices, normas y reglamentos que constituyen normas de superior jerarquía, en sus propios ámbitos de competencia, de acuerdo con la Constitución y las leyes.

 

Es decir, son aspectos que desde el punto de vista ambiental deben ser tenidos en cuenta de manera obligatoria por los municipios durante el proceso de formulación, ejecución y revisión de sus planes de ordenamiento territorial.

 

Norma aplicable:  Ley 388 de 1997 y  Resolución CARDER 1723 de 2017

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0388_1997.html

https://www.carder.gov.co/index.php/intrapqrs/webInfo/12183

 

 

 

 

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