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PLAN DE ORDENAMIENTO DEL RECURSO HÍDRICO

El Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico – PORH es el instrumento planificación que le permite a la Corporación Autónoma Regional de Risaralda – CARDER, fijar la destinación y uso de los cuerpos de agua continentales superficiales y marinos, establece las normas, las condiciones y el programa de seguimiento para alcanzar y mantener los usos potenciales, además de conservar los ciclos biológicos y el normal desarrollo de las especies, en un horizonte mínimo de diez años, según la Guía para el Ordenamiento del Recurso Hídrico Continental Superficial – MADS, 2018.

Según la guía, el ordenamiento se deberá desarrollar en las siguientes fases: 

 

Fases para desarrollar los planes de ordenamiento del recurso hídrico

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.2.3.3.1.8. del Decreto 1076 de 2015: relacionado con la declaratoria, diagnóstico, identificación de usos potenciales y la elaboración del plan de ordenamiento del recurso hídrico, La Corporación Autónoma Regional de Risaralda – CARDER, presenta a todos sus usuarios y la comunidad en general, Los Planes de Ordenamiento del Recurso Hídrico-PORH, que se encuentran adoptados o en proceso de adopción, los cuales fueron priorizados para las fuentes receptoras de vertimientos de los 14 Municipios, según el concepto técnico No. 0268 del 10 de febrero de 2014.

1. Río Otún y quebrada Dosquebradas – RS 3735 del 10 de diciembre del 2015 – Adoptado


 
2. Río Consotá – (Pendiente de adopción)

 
3. Río San Eugenio – RS-A 0076  del 09 de febrero de 2024 – Adoptado


RS-A 0101 del 16 de febrero de 2022 – En Ejecución de las Fases 3 y 4


 
4. Río Totui y Risaralda – RS-A 0661 del 25 de septiembre del 2023 – En Ejecución de las Fases 2, 3 y 4

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