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GESTIÓN INTEGRAL DE ACEITE DE COCINA USADO (ACU)

 

GESTORES AUTORIZADOS

GESTORES AUTORIZADOS PARA REALIZAR ACTIVIDADES DE RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE, DE ACEITE DE COCINA USADO Y RESIDUOS DE LA TRAMPA DE GRASA PARA EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA

INTRODUCCIÓN

El uso y disposición inadecuada de aceites de cocina usados es causante de contaminación de cuerpos de aguas, taponamiento de sistemas de alcantarillado, sobrecostos en el tratamiento de aguas residuales, genera problemas de salud pública, daño en la productividad del suelo y organismos vivos.

La CARDER, cuenta con varios mecanismos de control y seguimiento, que deben de cumplir todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que generen y/o deseen gestionar el aceite de cocina usado. Entre ellos se encuentra:

 

Tramite Descripción Marco normativo Observación
1 Inscripción como Generador de ACU Toda persona industrial, comercial y de servicios que genere ACU, deberá inscribirse ante la Autoridad Ambiental competente en el área donde realice la actividad de generación, recolección, tratamiento y/o aprovechamiento de ACU. Resolución 0316 de 2018 inscripción digital, los usuarios inscritos estarán sujetos a visita técnica de control y seguimiento.
2 Pre- inscripción como Gestor de ACU Toda persona que realice actividades de recolección, tratamiento y/o aprovechamiento de ACU,  deberá inscribirse ante la Autoridad Ambiental competente en el área donde realice dichas  actividades. Resolución 0316 de 2018 El gestor deberá realizar la Pre-inscripción digital.

INSCRIPCIÓN DE GENERADORES DE ACEITE DE COCINA USADO (ACU).

La Resolución Nº 316 del 2018 en el artículo 3, establece que “Toda persona industrial, comercial y de servicios que genere ACU y toda persona que sea gestor de ACU en el marco de lo establecido en la presente Resolución, deberán inscribirse ante la Autoridad Ambiental competente en el área donde se realizará la actividad de generación, recolección, tratamiento ylo aprovechamiento de ACU”.

Desde está normatividad pretende evitar el uso y disposición inadecuada de aceites de cocina usados, puesto que es causante de contaminación de cuerpos de aguas, taponamiento de sistemas de alcantarillado, sobrecostos en el tratamiento de aguas residuales, genera problemas de salud pública, daño en la productividad del suelo y organismos vivos.

La CARDER, cuenta con varios mecanismos de control y seguimiento, que deben de cumplir todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que generen y/o deseen gestionar el aceite de cocina usado. Entre ellos se encuentra:

GENERADORES DE ACU

TRAMITE

DESCRIPCIÓN

OBSERVACIÓN

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Inscripción como generador de ACU.

Toda persona industrial, comercial y de servicios que genere ACU, deberá inscribirse ante la Autoridad Ambiental competente en el área donde realice la actividad de generación, recolección, tratamiento y/o aprovechamiento de ACU.

La inscripción digital:

Los usuarios inscritos estarán sujetos a visita técnica de control y seguimiento.

En el siguiente enlace https://goo.gl/forms/KP04KTswXQXJGqiv1 podrá realizar la inscripción como Generador ACU.

PASOS PARA CUANDO EL GENERADOR DE ACU REALICE LA INSCRIPCIÓN.

  1. La inscripción no tiene ningún costo.
  2. La información suministrada se declara bajo la gravedad del juramento.
  3. Deberá adjuntar el RUT.
  4. Deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución 316 del 2018, Artículo 9: “Obligaciones del Generador industrial, comercial y de servicios de ACU” literal b, c, y d. De igual forma, se requiere que siga las siguientes recomendaciones:

 

RECOMENDACIONES Y/O OBLIGACIONES:

  • Entregar el ACU generado por el establecimiento a gestores autorizados por la Corporación, listado que podrá consultar y descargar a través de la página web https://www.carder.gov.co/download/gestores-acu/.
    Se recomienda no utilizar áreas cercanas a las estufas dentro de la cocina para el almacenamiento de los bidones que contiene el ACU, con el fin de evitar posibles emergencias.
  • El almacenamiento del ACU generado por el establecimiento deberá realizarse en recipientes cerrados, que puedan ser recolectados por el gestor externo autorizado, se recomiendan estén sobre estibas, debidamente cerrados, protegidos de la lluvia y en buenas condiciones de almacenaje, con el fin de evitar posibles derrames.
  • Capacitar al personal encargado del manejo del ACU en el establecimiento, con la finalidad de divulgar el riesgo que estos residuos representan para el ambiente.
  • Deberá presentar anualmente ante la Autoridad Ambiental, dentro de los primeros quince (15) días del mes de enero, el informe de gestión de Aceite de Cocina Usado, el cual deberá incluir cuadro de generación mes a mes de ACU (Fecha de recolección, cantidad ACU en kilogramos, gestor, No. de manifiesto), adjuntando los certificados de manejo,
  • La Corporación Autónoma Regional de Risaralda “CARDER” estará realizando visitas a los generadores de Aceite de Cocina Usado, con el fin de efectuar labores de seguimiento y control a la gestión integral de ACU, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12, literal C de la Resolución 316 del 2018.
  • Dar cumplimiento a la normativa ambiental y sanitaria que le sea aplicable.

Una vez diligenciada el formulario llegara un correo de confirmación con las recomendaciones pertinentes.

PRE-INSCRIPCIÓN DE GESTORES DE ACEITE DE COCINA USADO (ACU).

GESTORES DE ACU

TRAMITE

DESCRIPCIÓN

OBSERVACIÓN

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Pre- inscripción como Gestor de ACU.

Toda persona que realice actividades de recolección, tratamiento y/o aprovechamiento de ACU, deberá pre- inscribirse ante la Autoridad Ambiental competente en el área donde realice dichas actividades.

El gestor deberá realizar la Pre-inscripción digital y presentar un plan de contingencias.

En el siguiente enlace https://goo.gl/forms/sRtSWWQL54HCMDKl2 podrá realizar la Pre-inscripción como Gestor ACU.

PASOS PARA CUANDO EL GESTOR DE ACU REALICE LA PRE- INSCRIPCIÓN.

  1. La pre-inscripción no tiene ningún costo.
  2. La información suministrada se declara bajo la gravedad del juramento.
  3. Deberá adjuntar el RUT.
  4. Deberá cumplir con el artículo 10 de la resolución 0316 de 2018.
  5. Para continuar con el proceso de pre-inscripción deberá presentar el Plan de Contingencia para recolección, transporte y almacenamiento del ACU. 
  6. Radicar el Plan de Contingencia por medio virtual, a través de la sede virtual de la página web de la entidad en el módulo “Radicación de solicitudes y documentos en línea”

El Plan de contingencia, además, debe contener los siguientes documentos:

  • Aclarar con quién será tercerizado el manejo final del Aceite de Cocina Usado.
  • Enviar copia del contrato o convenio con dicho gestor. En el caso de que el establecimiento vaya a realizar almacenamiento (acondicionando con rejilla perimetral, tener dique de contención con capacidad de retención del 110%) del ACU.
  • Deberá adjuntar documento del uso del suelo otorgado por el ente correspondiente, debe ser acorde con la actividad que se va a realizar en el lugar referenciado por el establecimiento.
  • Presentar fichas de seguridad de los residuos a transportar.
  • Presentar las características de contención y seguridad de los vehículos para el transporte del ACU.
  • Los vehículos deben estar rotulados con el pictograma y el número de las Naciones Unidas correspondiente a los residuos que transporte en cada uno de sus laterales.
  • Identificar y ubicar los recursos naturales vulnerables que puedan ser afectados por eventual derrame.
  • Debe presentar el listado de los números de emergencia de cada municipio por donde realizará el recorrido los vehículos en la jurisdicción del Departamento de Risaralda.
  • Activad de disposición final de ACU: Deberá presentar los soportes de la actividad final  realizada con el ACU o de la tercerización de este, con el fin de verificar el cumplimiento de la normatividad ambiental y actividades legales en el marco de la gestión integral de ACU.
  • En caso de presentar acopio en el departamento, este estará sujeto a visita) teniendo en cuenta los términos de referencia de la Corporación.

Se recuerda que hasta que el establecimiento no cuente con los permisos, autorizaciones o registros ambientales, no se podrán realizar las actividades de recolección, transporte y/o almacenamiento en el Departamento de Risaralda.

 

Una vez diligenciado el formulario llegara un correo de confirmación con la información suministrada.

PASO A PASO PARA EL REPORTE DE INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE DEL ACEITE DE COCINA USADO – ACU ANTE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE RISARALDA – CARDER.

 

El reporte de la información del ACU tanto generadores, gestores se realiza teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 9 y 10 de la Resolución MADS 316 de 2018, el cual regla que “(…) reportar anualmente ante la Autoridad Ambiental competente, dentro de los primeros quince (15) días del mes de enero de cada año, información sobre los kilogramos totales de ACU (…)”.

Para la realización del proceso de información reportada debe realizar los siguientes pasos:

Descargar la planilla de reporte

  1. Presentarla carta, firmada por el representante legal.
  1. Adjuntar los certificados emitidos por el gestor autorizado de Aceite de Cocina Usado – ACU.
  1. Radicar la información a través de canales oficiales.
  1. Si el usuario desea radicar la información por medio virtual, lo podrá realizar a través de la sede virtual de la página web de la entidad en el módulo “Radicación de solicitudes y documentos en línea”
  1. Si la radicación es en físico, deberá acercarse a la unidad de correspondencia en la Avenida de las Américas # 46-40, del municipio de Pereira – Risaralda.
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