Por medio de la cual se modifica el inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por
Que la ley 1437 de 2011 en su artículo 45 establece la posibilidad de corregir los errores formales contenidos en los actos administrativos. Que EL CONSORCIO RENOVACIÓN VIAL 020, representado legalmente por el señor CARLOS GUILLERMO SUAREZ ESCOBAR, quién solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 14377 del 26 de noviembre de 2020, Concesión de Aguas Superficiales Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA. Que una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se creó el expediente No. 10132 relacionado con el oficio No. 14377 del 26 de noviembre de 2020 y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 121 del 10 de febrero de 2021. Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 121 del 10 de febrero de 2021; a la parte técnica para su evaluación, esta pudo evidenciar que se presentó un error en la proyección del Auto de Inicio, toda vez que CONSORCIO RENOVACIÓN VIAL 020, solicitó los permisos ambientales de Concesión de Aguas Superficiales Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA y en el Auto de inicio de trámite No. 121 del 10 de febrero de 2021, se incluyó también el trámite de Permiso de Ocupación de Cauce, sin ser solicitado por el usuario. Que mediante memorando No. 587 del 04 de marzo de 2021, el profesional adscrito a la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, solicitó la corrección del Auto de inicio de trámite No. 121 del 10 de febrero de 2021, en el sentido de excluir el trámite de Permiso de Ocupación de Cauce Que de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 121 del 10 de febrero de 2021, se debe corregir en el literal A y E de los antecedentes y el Artículo Primero del dispone, en el sentido de realizar el ajuste con relación a los trámites iniciado en el mismo. Por lo tanto resuelve Corregir el Auto de inicio de trámite No. 121 del 10 de febrero de 2021, en el considerando en los Literales A y E, los cuales quedaran de la siguiente manera: Que CONSORCIO RENOVACIÓN VIAL 020, representado legalmente por el señor CARLOS GUILLERMO SUAREZ ESCOBAR, quién solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 14377 del 26 de noviembre de 2020, Concesión de Aguas Superficiales Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA. Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio al trámite de Concesión de Aguas Superficiales y Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA, por lo tanto Corregir el Auto de inicio de trámite No. 121 del 10 de febrero de 2021, en el Artículo Primero del Dispone el cual quedará de la siguiente manera: INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Concesión de Aguas Superficiales y Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA, a favor del CONSORCIO RENOVACIÓN VIAL 020, representado legalmente por el señor CARLOS GUILLERMO SUAREZ ESCOBAR.