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- Fecha de creación junio 26, 2021
- Última actualización junio 26, 2021
Por medio de la cual se modifica el inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta Que la ley 1437 de 2011 en su artículo 45 establece la posibilidad de corregir los errores formales contenidos en los actos administrativos. Que el señor HAROLD EDUARDO ZAFRA VALENCIA, y el señor ANDRÉS SALAZAR GÓMEZ, antiguos copropietarios de los predios solicitaron a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 9731 del 11 de septiembre de 2020, Prórroga de la Resolución No. 2498 del 14 de septiembre de 2015, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos. Que mediante oficio radicado No. 15541 del 14 de diciembre de 2020, el señor HAROLD EDUARDO ZAFRA VALENCIA,y el señor ANDRÉS SALAZAR GÓMEZ, aportaron contrato de cesión de derechos y obligaciones en el cual le ceden los derechos y obligaciones contenidas en Resolución No. 2498 del 14 de septiembre de 2015 al señor JUAN MAURICIO MACKENZIE VEGA, Que una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 7897, relacionado con el oficio No. 9731 del 11 de septiembre de 2020 y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 101 del 02 de febrero de 2021. que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 101 del 02 de febrero de 2021; a la parte técnica para su evaluación, esta pudo evidenciar que se debía incluir el trámite de Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA, y requirió al usuario mediante Oficio No. 4043 del 18 de marzo de 2021, para que lo aportara. Que mediante oficio radicado en CARDER No. 5103 del 06 de abril de 2021, el usuario aportó la información concerniente al Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA. - Que mediante memorando No. 1371 del 18 de mayo de 2021, el profesional adscrito a la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, solicitó la modificación del Auto de inicio de trámite No. 101 del 02 de febrero de 2021, en el sentido de incluir el trámite de Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA, anexando: Reliquidación de los servicios de trámites ambientales. Soporte de pago Que de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 101 del 02 de febrero de 2021, se debe Modificar en el literal F de los antecedentes y en el Artículo Primero del dispone, en el sentido de modificar los trámites iniciados a través del mismo. Modificar el Auto de inicio de trámite No. 101 del 02 de febrero de 2021, en el Literal F del considerando, el cual quedara de la siguiente manera: Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio a los trámites de Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA y Prórroga y Modificación de la Resolución No. 2498 del 14 de septiembre de 2015, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos, de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 2811 de 1974, Decreto No. 1541 de 1978, Decreto No. 1575 de 2007, Decreto No. 3930 de 2010, Compilados por Decreto único reglamentario 1076 de 2015, Ley No. 99 de 1993, Ley 1955 de 2019, Ley No. 373 de 1997, Decreto 1090 de 2018, Resolución 1257 del 2018 del MADS y Resolución CARDER No. 88 del 2019. Modificar el Auto de inicio de trámite No. 101 del 02 de febrero de 2021, el cual quedará de la siguiente manera INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA Prórroga y Modificación de la Resolución No. 2498 del 14 de septiembre de 2015, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos, a favor del señor JUAN MAURICIO MACKENZIE VEGA, propietario del predio denominado SECTOR VEREDA MONTE LARGO “BUENAVISTA” LOTE A (CONDOMINIO CASALOMA), (Según Certificado de Tradición), localizado en la vereda Monte Largo, jurisdicción del municipio de Pereira, Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 101 del 02 de febrero de 2021, continúan vigentes.