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  • Fecha de creación octubre 6, 2022
  • Última actualización octubre 6, 2022

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0061-2022

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por  el señor RAFAEL GÓMEZ HERRERA, propietario del predio denominado GRANJA PORCÍCOLA CORCEGA, (Según peticionario), LOTE 3 VEREDA ALSACIA, (Según Certificado de Tradición), localizado en la vereda Cerritos, jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 4461 del 26 de mayo de 2020, Prórroga de la Resolución No. 1411 del 17 de junio de 2015, Modificada por la Resolución No. 817 del 22 de mayo de 2017, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos. C.- Que una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 7854, relacionado con el oficio No. 4461 del 26 de mayo de 2020, y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 00029 del 12 de enero de 2021. D.- Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 00029 del 12 de enero de 2021; a la parte técnica para su evaluación, esta logró evidenciar que el usuario requería tramitar el Permiso de Ocupación de Cauce y la Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA, por lo cual mediante oficio No. 19076 del 30 de septiembre de 2021, solicitó información complementaria relacionada a los trámites mencionados anteriormente.E.- Que mediante oficio No. 21074 del 09 de diciembre de 2021, el usuario adjunta la información técnica y complementaria, solicitada por el equipo técnico mediante oficio No. 19076 del 30 de septiembre de 2021, relacionada con el trámite de Permiso de Ocupación de Cauce y Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA. G.- Que mediante Auto Modificatorio No. 88 del 15 de diciembre de 2021, se modificó el Auto de Inicio de Trámite No. 00029 del 12 de enero de 2021, incluyendo los trámites de Permiso de Ocupación de Cauce y Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA. H.- Que en el desarrollo de la evaluación de la solicitud del otorgamiento ambiental el componente técnico evidenció que se debía modificar la Resolución No. 1411 del 17 de junio de 2015, considerando que las condiciones en las que se había otorgado la Concesión de Aguas Superficiales y el Permiso de Vertimientos habían cambiado. I.- Que mediante memorando No. 4089 del 30 de septiembre de 2022, el profesional adscrito a la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, solicitó la modificación del Auto de Inicio de Trámite No. 00029 del 12 de enero de 2021, en el sentido de incluir la solicitud de Modificación de la Resolución No. 1411 del 17 de junio de 2015, Modificada por la Resolución No. 817 del 22 de mayo de 2017, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos, adjuntando lo siguiente: Reliquidación de los servicios de trámites ambientales. Derechos por cobrar. Soporte de pago. J.- Que de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 00029 del 12 de enero de 2021, se debe Modificar en el literal A y E del considerando y en el Artículo Primero del dispone, incluyendo la Modificación de la Resolución No. 1411 del 17 de junio de 2015, Modificada por la Resolución No. 817 del 22 de mayo de 2017. RESUELVE -ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 00029 del 12 de enero de 2021, en el Literal A y E del considerando, los cuales quedaran de la siguiente manera: A.- Que el señor RAFAEL GÓMEZ HERRERA, propietario del predio denominado GRANJA PORCÍCOLA CORCEGA, (Según peticionario), LOTE 3 VEREDA ALSACIA, (Según Certificado de Tradición), localizado en la vereda Cerritos, jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda,  solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 4461 del 26 de mayo de 2020, Permiso de Ocupación de Cauce, Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA y Prórroga y Modificación de la Resolución No. 1411 del 17 de junio de 2015, Modificada por la Resolución No. 817 del 22 de mayo de 2017, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos. E.- Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que normalmente allegó la documentación requerida para dar inicio al trámite de Permiso de Ocupación de Cauce, Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA y Prórroga y Modificación de la Resolución No. 1411 del 17 de junio de 2015, Modificada por la Resolución No. 817 del 22 de mayo de 2017,, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos, de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 2811 de 1974, Decreto No. 1541 de 1978, Decreto No. 1575 de 2007, Decreto No. 3930 de 2010, Compilados por Decreto único reglamentario 1076 de 2015, Ley No. 99 de 1993, Ley 1955 de 2019, Acuerdo CARDER No. 028 de 2011, modificado por el Acuerdo CARDER No. 020 de 2013, Ley No. 373 de 1997, Decreto 1090 de 2018, Resolución 1257 del 2018 del MADS y Resolución CARDER No. 88 del 2019. ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 00029 del 12 de enero de 2021, en el Artículo Primero del Dispone el cual quedará de la siguiente manera:ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Permiso de Ocupación de Cauce, Aprobación del Programa de Uso Eficiente y Ahorro del Agua PUEAA y Prórroga y Modificación de la Resolución No. 1411 del 17 de junio de 2015, Modificada por la Resolución No. 817 del 22 de mayo de 2017,, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos, a favor del señor RAFAEL GÓMEZ HERRERA, propietario del predio denominado GRANJA PORCÍCOLA CORCEGA, (Según peticionario), LOTE 3 # VEREDA ALSACIA, (Según Certificado de Tradición), localizado en la vereda Cerritos, jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda,  ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 00029 del 12 de enero de 2021, continúan vigentes.