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  • Fecha de creación octubre 11, 2021
  • Última actualización octubre 12, 2021

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0069-2021

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la ley 1437 de 2011 en su artículo 45 establece la posibilidad de corregir los errores formales contenidos en los actos administrativos. B.-Que la sociedad ALICANTE CONDOMINIO CAMPESTRE S.A.S, representada legalmente por la señora GLORIA ELENA DUQUE ECHEVERRI,  actuando en calidad de propietario del predio denominado SECTOR VEREDA CONDINA LOTE 1 CONDOMINIO (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda,  solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 3877 del 12 de marzo de 2021, Modificación de la Resolución No. 1565 del 13 de agosto de 2017, en cuanto a un Permiso de Vertimientos. C.-Que una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 6747-2, relacionado con el oficio No. 3877 del 12 de marzo de 2021 y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 342 del 07 de julio de 2020. D.-Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 381 del 06 de abril de 2021; a la parte técnica para su evaluación, esta proyectó el Concepto Técnico No. 1479 del 18 de junio de 2021. E.- Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 381 del 06 de abril de 2021 y el Concepto Técnico No. 1479 del 18 de junio de 2021, al componente jurídico de la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, para proyectar el Acto Administrativo que resolviera de fondo la petición realizada mediante oficio No. 3877 del 12 de marzo de 2021, esta pudo evidenciar que la Resolución No. 1565 del 13 de agosto de 2017, se había otorgado por dos años, por lo cual el Acto Administrativo se encontraba sin vigencia y por ello no procedía la solicitud de Modificación, el trámite a iniciar era Permiso de Vertimiento. F.- Que mediante memorando No. 2653 del 18 de agosto de 2021, el profesional del componente jurídico de la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, solicitó la Modificación del Concepto Técnico No. 1479 del 18 de junio de 2021. G.- Que mediante memorando No. 2799 del 30 de agosto de 2021, el profesional adscrito a la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, solicitó la modificación del Auto de inicio de trámite No. 381 del 06 de abril de 2021, en el sentido de realizar la modificación de los trámites iniciados a través del mismo. H.- Que de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 381 del 06 de abril de 2021, se debe Modificar en el literal A y D del considerando y en el Artículo Primero del dispone. RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 381 del 06 de abril de 2021, en el Literal A y D del considerando, el cual quedará de la siguiente manera: A.- Que la sociedad ALICANTE CONDOMINIO CAMPESTRE S.A.S,  representada legalmente por la señora GLORIA ELENA DUQUE ECHEVERRI, actuando en calidad de propietario del predio denominado SECTOR VEREDA CONDINA LOTE 1 CONDOMINIO (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda,  solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 3877 del 12 de marzo de 2021, Permiso de Vertimientos. D.- Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio a los trámites de Permiso de Vertimientos de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 2811 de 1974, Decreto No. 1541 de 1978, Decreto No. 1575 de 2007, Decreto No. 3930 de 2010, Compilados por Decreto único reglamentario 1076 de 2015, Ley No. 99 de 1993, Ley 1955 de 2019. ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 381 del 06 de abril de 2021, en el Artículo Primero del Dispone el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Permiso de Vertimientos, a favor de la sociedad ALICANTE CONDOMINIO CAMPESTRE S.A.S,representada legalmente por la señora GLORIA ELENA DUQUE ECHEVERRI, actuando en calidad de propietario del predio denominado SECTOR VEREDA CONDINA LOTE 1 CONDOMINIO (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda. ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 381 del 06 de abril de 2021, continúan vigentes.