[featured_image]
Descargar
Download is available until [expire_date]
  • Versión
  • Descargar 3
  • Tamaño del archivo 454.65 KB
  • Recuento de archivos 1
  • Fecha de creación octubre 11, 2021
  • Última actualización octubre 11, 2021

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0071-2021

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta A.- Que la ley 1437 de 2011 en su artículo 45 establece la posibilidad de corregir los errores formales contenidos en los actos administrativos. B.- Que la empresa CONSOTA ENERGY S.A.S., representada legalmente por el señor ANDRES FELIPE MARULANDA JIMÉNEZ, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 7614 del 04 de agosto de 2020, Prórroga de la Resolución No. 2081 del 20 de agosto de 2019, por la cual se prorrogó la Resolución 2015 del 06 de septiembre de 2016, en cuanto al Estudios de Recursos Naturales (Recurso Hídrico).
C.- Que una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 8226, relacionado con el oficio No. 7614 del 04 de agosto de 2020 y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 497 del 22 de septiembre de 2020. D.- Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 497 del 22 de septiembre de 2020; a la parte técnica para su evaluación, el componente técnico mediante memorando No. 2553 del 26 de noviembre de 2020, que el trámite de Prorroga de la Resolución 2015 del 06 de septiembre de 2016, en cuanto al Estudios de Recursos Naturales (Recurso Hídrico), no es procedente teniendo en cuenta que el Permiso de Estudio de recursos naturales (recurso hídrico) está regulado por el artículo 56 del Decreto 2811 de 1974 en el cual se establece que: “Estos permisos podrán tener duración hasta de dos años, según la índole de los estudios, El término de estos permisos podrá ser prorrogado cuando la inejecución de los estudios, dentro del lapso de vigencia del permiso, obedezca a fuerza mayor” lo cual ya se cumplió a través de la Resolución CARDER 2081 de 2019. Por ello, el término del Permiso de Estudio de Recursos Naturales incluida la prórroga, tuvo una duración total de tres (3) años. E.- Que mediante oficio No. 19670 del 22 de diciembre de 2020, se solicitó al usuario la información complementaria requerida para iniciar el trámite de Estudios de Recursos Naturales (Recurso Hídrico) y mediante oficio radicado en CARDER No. 791 del 18 de enero de 2021, el usuario aporta la información técnica requerida. F.- Que mediante oficio No. 2356 del 18 de febrero de 2021, se envía al usuario la reliquidación de los servicios de trámites ambientales, y mediante oficio radicado en CARDER No. 15565 del 15 de septiembre de 2021, el usuario aporta el soporte de pago, junto con la reliquidación de los servicios de trámites ambientales firmada. G.- Que de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 497 del 22 de septiembre de 2020, se debe corregir en el literal A y E del Considerando y en el Artículo primero del Dispone, iniciando el trámite de Estudios de Recursos Naturales (Recurso Hídrico). RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: Corregir el Auto de inicio de trámite No. 497 del 22 de septiembre de 2020, en el literal A y E del Considerando, los cuales quedaran de la siguiente manera A.- Que la empresa CONSOTA ENERGY S.A.S.,  representada legalmente por el señor ANDRÉS FELIPE MARULANDA JIMENEZ,  solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 7614 del 04 de agosto de 2020, Estudios de Recursos Naturales (Recurso Hídrico). E.- Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y escrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio al trámite de Estudios de Recursos Naturales (Recurso Hídrico), de conformidad con lo establecido en el Decreto 2811 de 1974, compilado por el Decreto único reglamentario 1076 de 2015. ARTÍCULO SEGUNDO: Corregir el Auto de inicio de trámite No. 497 del 22 de septiembre de 2020, en el Artículo primero del Dispone, el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Estudios de Recursos Naturales (Recurso Hídrico), a favor de la empresa CONSOTA ENERGY S.A.S.,  representada legalmente por el señor ANDRES FELIPE MARULANDA JIMENEZ, ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 497 del 22 de septiembre de 2020, continúan vigentes.