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  • Fecha de creación octubre 12, 2021
  • Última actualización octubre 12, 2021

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0072-2021

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta A.- Que la ley 1437 de 2011 en su artículo 45 establece la posibilidad de corregir los errores formales contenidos en los actos administrativos. B.- Que el señor LEONEL RAIGOSA BEDOYA,  autorizado por la señora MARÍA VICTORIA SERNA RAMIREZ,  propietaria del predio denominado, FINCA LA HERMOSA (Según peticionario), LA HERMOSA (Según certificado de tradición), Vereda Cañaveral, jurisdicción del municipio de La Celia, Departamento de Risaralda,  solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 12398 del 28 de julio de 2021, Registro De Plantaciones Forestales Protectoras O Productoras Incluye Guadua, Cañabrava Y Bambú, Especies Forestales Naturales Y Exóticas. C.- Que una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se creó el expediente No. 10538, relacionado con el oficio No. 12398 del 28 de julio de 2021 y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 982 del 07 de septiembre de 2021.D.- Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 982 del 07 de septiembre de 2021; a la parte técnica para su evaluación, esta evidencio que el trámite debía quedar a nombre de la propietaria del predio, la señora MARIA VICTORIA SERNA RAMIREZ,  considerando que el señor LEONEL RAIGOSA BEDOYA,  actuaba en calidad de autorizado. E.- Que mediante memorando No. 3000 del 11 de septiembre de 2021, el profesional adscrito a la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, solicita la corrección del Auto de Inicio de Trámite No. 982 del 07 de septiembre de 2021, en el sentido de iniciar el trámite a nombre de la propietaria del predio.F.- Que mediante oficio radicado en CARDER No. 15652 del 16 de septiembre de 2021, el usuario aporta la reliquidación de los servicios de trámites ambientales debidamente diligenciada junto con el soporte de pago. G.- Que de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 982 del 07 de septiembre de 2021, se debe corregir en el literal A y B del Considerando y en el Artículo primero del Dispone, iniciando el trámite a nombre de la propietaria del predio. . ARTÍCULO PRIMERO: Corregir el Auto de inicio de trámite No. 982 del 07 de septiembre de 2021, en el literal A y B del Considerando, los cuales quedaran de la siguiente manera:A.- Que la señora MARIA VICTORIA SERNA RAMIREZ,  propietaria del predio denominado, FINCA LA HERMOSA (Según peticionario), LA HERMOSA (Según certificado de tradición), Vereda Cañaveral, jurisdicción del municipio de La Celia, Departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 12398 del 28 de julio de 2021, Registro De Plantaciones Forestales Protectoras O Productoras Incluye Guadua, Cañabrava Y Bambú, Especies Forestales Naturales Y Exóticas, y quien a su vez autorizó al señor LEONEL RAIGOSA BEDOYA,  para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación. B.- Que mediante derechos por cobrar No. 4246 del 16 de septiembre de 2021 y consignación realizada el 14 de septiembre de 2021, cancela los costos correspondientes de los servicios de Evaluación, Publicación del Auto de Inicio de Trámite y Publicación de la Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: Corregir el Auto de inicio de trámite No. 982 del 07 de septiembre de 2021, en el Artículo primero del Dispone, el cual quedará de la siguiente manera:
ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Registro De Plantaciones Forestales Protectoras O Productoras Incluye Guadua, Cañabrava Y Bambú, Especies Forestales Naturales Y Exóticas, a favor de la señora MARÍA VICTORIA SERNA RAMIREZ,  propietaria del predio denominado, FINCA LA HERMOSA (Según peticionario), LA HERMOSA (Según certificado de tradición), Vereda Cañaveral, jurisdicción del municipio de La Celia, Departamento de Risaralda,  y quien a su vez autorizó al señor LEONEL RAIGOSA BEDOYA, para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación. ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 982 del 07 de septiembre de 2021, continúan vigentes.