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  • Fecha de creación enero 12, 2022
  • Última actualización enero 12, 2022

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0085-2021

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por  la señora MARIA ROCIO VERGARA RUIZ,  autorizada por el señor PABLO ANDRES VELASQUEZ PÉREZ,  propietario del predio denominado EL CEDRAL, (Según Peticionaria), EL CEDRAL, (Según certificado de tradición), localizado en la vereda San Carlos, jurisdicción del municipio de Apia, Departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 14802 del 03 de septiembre de 2021, Prórroga de la Resolución No. 2242 del 01 de octubre de 2021, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso De Vertimientos. C.- Que una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 10641, relacionado con el oficio No. 14802 del 03 de septiembre de 2021, y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 01014 del 14 de septiembre de 2021.

D.- Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 01014 del 14 de septiembre de 2021; a la parte técnica para su evaluación, esta logró evidenciar que se incurrió en un error de digitación, toda vez que se omitió iniciar el trámite de Prórroga de la Resolución No. 2242 del 01 de octubre de 2021, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso De Vertimientos y se inició Concesión de Aguas Superficiales y Permiso De Vertimientos. E.- Que mediante memorando No. 3904 del 17 de noviembre de 2021, el profesional adscrito a la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, solicitó la corrección del Auto de Inicio de Trámite No. 01014 del 14 de septiembre de 2021, considerando que lo solicitado por el usuario era Prórroga de la Resolución No. 2242 del 01 de octubre de 2021, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso De Vertimientos. F.- Que de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 01014 del 14 de septiembre de 2021, se debe Modificar en el literal A y D del considerando y en el Artículo Primero del dispone, en el sentido modificar los trámites iniciados a través del mismo.  ARTÍCULO PRIMERO: Corregir el Auto de inicio de trámite No. 01014 del 14 de septiembre de 2021, en el Literal A y D del considerando, los cuales quedaran de la siguiente manera: A.- Que la señora MARIA ROCIO VERGARA RUIZ, autorizada por el señor PABLO ANDRES VELASQUEZ PÉREZ, propietario del predio denominado EL CEDRAL, (Según Peticionaria), EL CEDRAL, (Según certificado de tradición), localizado en la vereda San Carlos, jurisdicción del municipio de Apia, Departamento de Risaralda,  solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 14802 del 03 de septiembre de 2021, Prórroga de la Resolución No. 2242 del 01 de octubre de 2021, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso De Vertimientos. D.- Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio al trámite de Prórroga de la Resolución No. 2242 del 01 de octubre de 2021, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso De Vertimientos, de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 2811 de 1974, Decreto No. 1541 de 1978, Decreto No. 1575 de 2007, Decreto No. 3930 de 2010, Compilados por Decreto único reglamentario 1076 de 2015, Ley No. 99 de 1993, Ley 1955 de 2019.

ARTÍCULO SEGUNDO: Corregir el Auto de inicio de trámite No. 01014 del 14 de septiembre de 2021, en el Artículo Primero del Dispone el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Prórroga de la Resolución No. 2242 del 01 de octubre de 2021, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso De Vertimientos, a favor de la señora MARIA ROCIO VERGARA RUIZ, autorizada por el señor PABLO ANDRES VELASQUEZ PÉREZ, propietario del predio denominado EL CEDRAL, (Según Peticionaria), EL CEDRAL, (Según certificado de tradición), localizado en la vereda San Carlos, jurisdicción del municipio de Apia, Departamento de Risaralda, ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 01014 del 14 de septiembre de 2021, continúan vigentes.