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  • Fecha de creación septiembre 22, 2023
  • Última actualización septiembre 22, 2023

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0106-2023

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por la sociedad PORTAL DE LAS ARAUCARIAS ETAPA III SAS, actuando por medio de su representante legal el señor MENAHEM KROLL, autorizado por FIDEICOMISO MIRADOR CAMPESTRE ETAPA 1 Y 2, actuando por medio de su representante legal el señor, FRANCISCO JOSE SCHWITZER SABOGAL, del predio denominado, LT. LOTE MIRADOR CAMPESTRE ETAPA 6, (Según Certificado de Tradición), localizado en la vereda LAS HUERTAS, de la jurisdicción del municipio de Santa Rosa de Cabal, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 12718 del 23 de junio de 2023, Permiso de Ocupación de Cauce y Demarcación de zonas de retiro o fajas protectoras de corrientes hídricas. C.- Que, una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció por error al expediente No. 12974, relacionado con el oficio No. 12718 del 23 de junio de 2023, y se expidió el Auto de Inicio de Trámite No. 00794 del 10 de julio de 2023. D.- Que en labores de evaluación del Auto de Inicio de Trámite No. 00794 del 10 de julio de 2023, por parte del componente técnico, se evidenció por parte del mismo que si bien el Permiso de Ocupación de Cauce correspondía a una nueva solicitud, la Demarcación de zonas de retiro o fajas protectoras de corrientes hídricas, contaba con el antecedente de la Resolución No. 1199 del 16 de julio de 2021, por lo cual la solicitud correspondía a prórroga y modificación en el sentido que cambiaban las matrículas inmobiliarias. E.- Que mediante memorando No. 4455 del 11 de septiembre de 2023, el componente técnico solicitó la modificación del Auto de Inicio de Trámite No. 00794 del 10 de julio de 2023, en el sentido de relacionar el antecedente correspondiente a la demarcación de suelos. F.- Que, de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de Trámite No. 00794 del 10 de julio de 2023, se debe corregir en el Literal A y E del Considerando y en el Artículo Primero del dispone, conforme lo expuesto en los literales anteriores. Que, en mérito de lo expuesto, la Subdirección De Gestión Ambiental Sectorial de la CARDER; RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Auto de inicio de Trámite No. 00794 del 10 de julio de 2023, en el Literal A y E del Considerando, los cuales quedarán de la siguiente manera: A.- Que la sociedad PORTAL DE LAS ARAUCARIAS ETAPA III SAS, actuando por medio de su representante legal el señor MENAHEM KROLL, autorizado por FIDEICOMISO MIRADOR CAMPESTRE ETAPA 1 Y 2, actuando por medio de su representante legal el señor, FRANCISCO JOSE SCHWITZER SABOGAL, del predio denominado, LT. LOTE MIRADOR CAMPESTRE ETAPA 6, (Según Certificado de Tradición), localizado en la vereda LAS HUERTAS, de la jurisdicción del municipio de Santa Rosa de Cabal, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 12718 del 23 de junio de 2023, Permiso de Ocupación de Cauce y Prórroga y Modificación de la Resolución No. 1199 del 16 de julio de 2021, en cuanto a la Demarcación de zonas de retiro o fajas protectoras de corrientes hídricas. E.- Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio al trámite de Permiso de Ocupación de Cauce y Prórroga y Modificación de la Resolución No. 1199 del 16 de julio de 2021, en cuanto a la Demarcación de zonas de retiro o fajas protectoras de corrientes hídricas, de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 2811 de 1974, Decreto No. 1541 de 1978, Compilados por el Decreto único reglamentario 1076 de 2015, Ley No. 99 de 1993 y Acuerdo CARDER No. 028 de 2011, modificado por el Acuerdo CARDER No. 020 de 2013 Y Acuerdo CARDER No. 003 de 2018. ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Auto de inicio de Trámite No. 00794 del 10 de julio de 2023, en el Artículo Primero del dispone, el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Permiso de Ocupación de Cauce y Prórroga y Modificación de la Resolución No. 1199 del 16 de julio de 2021, en cuanto a la Demarcación de zonas de retiro o fajas protectoras de corrientes hídricas, a favor de la sociedad PORTAL DE LAS ARAUCARIAS ETAPA III SAS, actuando por medio de su representante legal el señor MENAHEM KROLL, autorizado por FIDEICOMISO MIRADOR CAMPESTRE ETAPA 1 Y 2, actuando por medio de su representante legal el señor, FRANCISCO JOSE SCHWITZER SABOGAL, del predio denominado, LT. LOTE MIRADOR CAMPESTRE ETAPA 6, (Según Certificado de Tradición), localizado en la vereda LAS HUERTAS, de la jurisdicción del municipio de Santa Rosa de Cabal, departamento de Risaralda, ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de Trámite No. 00794 del 10 de julio de 2023, continúan vigentes.