Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por la empresa ATESA DE OCCIDENTE S.A.S. E.S.P., representada legalmente por el señor FABIO ALBERTO SALZAR ROJAS propietaria, del predio denominado LA GLORITA, (Según certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, del predio denominado EL CUARTEL O EL CRUSCAL, (Según certificado de Tradición), localizado en la vereda Combia, jurisdicción del municipio de Pereira, del predio denominado LA FAJA, (Según certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, del predio denominado SIN DIRECCIÓN, (Según certificado de Tradición), localizado en la vereda Barberi, jurisdicción del municipio de Pereira, del predio denominado EL ESFUERZO, (Según certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, del predio denominado LA LONJA, (Según certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, quién solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 17101 del 24 de diciembre de 2019, Prórroga y Modificación de la Resolución No. 3646 del 3 de diciembre de 2015, en cuanto al Permiso de Vertimientos.