Por medio de la cual se inicia una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por la empresa TRITURADOS Y CONCRETOS LTDA, representada legalmente por el señor MIGUEL ANGEL MEDINA HERNANDEZ, autorizada por el señor DAVID ARTURO BEDOYA TORRES, , autorizado del señor, ALCIBIADES BEDOYA HINCAPIÉ, propietario del predio denominado VILLA ALEJANDRA, (Según peticionaria), VILLA ALEJANDRA, (Según Certificado de Tradición), localizado en la vereda Playa Rica, jurisdicción del municipio de Santuario, quién solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 15383 del 10 de diciembre de 2020, Prórroga de la Resolución No. 4085 del 30 de diciembre de 2015, en cuanto a la concesión de aguas superficiales y Permiso de Vertimientos