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  • Fecha de creación febrero 23, 2022
  • Última actualización febrero 23, 2022

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0005-2022

 

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por la empresa SOVENA COLOMBIA S.A.S.,  representado legalmente por el señor FERNANDO JOSÉ NUÑEZ MILLER,  propietaria del predio denominado, SECTOR PARAJE LA LORENA AGRUPACIÓN ZONA FRANCA INTERNACIONAL DE PEREIRA PROPIEDAD HORIZONTAL LOTE INTERIOR B-27, (Según Certificado de tradición), localizado en la vereda La Lorena, Jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda y del predio denominado, SECTOR PARAJE LA LORENA AGRUPACIÓN ZONA FRANCA INTERNACIONAL DE PEREIRA PROPIEDAD HORIZONTAL LOTE INTERIOR B-28, (Según Certificado de tradición), localizado en la vereda La Lorena, Jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 18495 del 28 de octubre de 2021, Permiso de Vertimientos, y a su vez autorizó al señor FELIPE ORDUZ URBANO,  para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación. C.- Que una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 10780 1-2, relacionado con el oficio No. 18495 del 28 de octubre de 2021, y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 01236 del 08 de noviembre de 2021. D.- Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 01236 del 08 de noviembre de 2021, al equipo técnico de la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial para su evaluación, este logró evidenciar en la visita técnica realizada el 11 de noviembre de 2021 que el usuario debía tramitar además el Permiso de Ocupación de Cauce. E.- Que mediante oficio radicado en CARDER No. 1377 del 27 de enero de 2022, el usuario aportó la información correspondiente al Permiso de Ocupación de Cauce, adjuntando lo siguiente: -Oficio de solicitud de modificación del Auto de Inicio. -Formulario único nacional de solicitud de ocupación de cauces, playas y lechos.- Reliquidación de los servicios de trámites ambientales. Que mediante memorando No. 271 del 01 de febrero de 2022, el profesional adscrito a la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial solicitó la modificación el Auto de Inicio de Trámite No. 01236 del 08 de noviembre de 2021, en el sentido de incluir el Permiso de Ocupación de Cauce. G.- Que de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 01236 del 08 de noviembre de 2021, se debe modificar en el literal A y D del Considerando y en el Artículo Primero del Dispone, en el sentido de modificar los trámites iniciados a través del mismo. RESUELVE -ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 01236 del 08 de noviembre de 2021, en los literales A y D del Considerando, los cuales quedarán de la siguiente manera: A.- la empresa SOVENA COLOMBIA S.A.S., representado legalmente por el señor FERNANDO JOSÉ NUÑEZ MILLER,  propietaria del predio denominado, SECTOR PARAJE LA LORENA AGRUPACIÓN ZONA FRANCA INTERNACIONAL DE PEREIRA PROPIEDAD HORIZONTAL LOTE INTERIOR B-27, (Según Certificado de tradición), localizado en la vereda La Lorena, Jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda y del predio denominado, SECTOR PARAJE LA LORENA AGRUPACIÓN ZONA FRANCA INTERNACIONAL DE PEREIRA PROPIEDAD HORIZONTAL LOTE INTERIOR B-28, (Según Certificado de tradición), localizado en la vereda La Lorena, Jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 18495 del 28 de octubre de 2021, Permiso de Vertimientos y Permiso de Ocupación de Cauce, y a su vez autorizó al señor FELIPE ORDUZ URBANO,  para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación. D.- Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio al trámite de Permiso de Vertimientos y Permiso de Ocupación de Cauce, de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 2811 de 1974, Decreto No. 1541 de 1978, Decreto No. 1575 de 2007, Decreto No. 3930 de 2010, Compilados por Decreto único reglamentario 1076 de 2015, Ley No. 99 de 1993, Ley 1955 de 2019 y Acuerdo CARDER No. 028 de 2011, modificado por el Acuerdo CARDER No. 020 de 2013.ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 01236 del 08 de noviembre de 2021, en el Artículo Primero, el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Permiso de Vertimientos y Permiso de Ocupación de Cauce, a favor de la empresa SOVENA COLOMBIA S.A.S., representado legalmente por el señor FERNANDO JOSÉ NUÑEZ MILLER. propietaria del predio denominado, SECTOR PARAJE LA LORENA AGRUPACIÓN ZONA FRANCA INTERNACIONAL DE PEREIRA PROPIEDAD HORIZONTAL LOTE INTERIOR B-27, (Según Certificado de tradición), localizado en la vereda La Lorena, Jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda y del predio denominado SECTOR PARAJE LA LORENA AGRUPACIÓN ZONA FRANCA INTERNACIONAL DE PEREIRA PROPIEDAD HORIZONTAL LOTE INTERIOR B-28, (Según Certificado de tradición), localizado en la vereda La Lorena, Jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda y a su vez autorizó al señor FELIPE ORDUZ URBANO,  para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación. ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 01236 del 08 de noviembre de 2021, continúan vigentes