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  • Fecha de creación marzo 14, 2022
  • Última actualización marzo 16, 2022

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0020-2022

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por  el señor JULIAN FELIPE LOPEZ ZAPATA,  propietario, del predio denominado, VILLA LILIANA, (Según Peticionario), VILLA LILIANA, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda,  solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 22326 del 31 de diciembre de 2021, Permiso de Vertimientos. C.- Que una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se creó el expediente No. 11106, relacionado con el oficio No. 22326 del 31 de diciembre de 2021, y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 00125 del 07 de febrero de 2022. D.- Que mediante oficio No. 1852 del 08 de febrero de 2022, se comunicó el Auto de inicio de trámite No. 00125 del 07 de febrero de 2022, al señor JULIAN FELIPE LOPEZ ZAPATA. E.- Que mediante oficio No. 4034 del 03 de marzo de 2022, el señor JULIAN FELIPE LOPEZ ZAPATA, solicitó la corrección del Auto de Inicio de Trámite No. 00125 del 07 de febrero de 2022, considerando que en el mismo, el nombre de quien solicita se registró como JUAN FELIPE LOPEZ ZAPATA. F.- Que de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 00125 del 07 de febrero de 2022, se debe Modificar en el Literal A del Considerando, en el Literal C de las Consideraciones Jurídicas y en los Artículos Primero y Tercero del Dispone, en el sentido de realizar la corrección en el nombre del usuario. RESUELVE. ARTÍCULO PRIMERO: Corregir el Auto de inicio de trámite No. 00125 del 07 de febrero de 2022, en el Literal A del Considerando, el cual quedará de la siguiente manera: A.- Que el señor JULIAN FELIPE LOPEZ ZAPATA, propietario, del predio denominado, VILLA LILIANA, (Según Peticionario), VILLA LILIANA, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda,  solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 22326 del 31 de diciembre de 2021, Permiso de Vertimientos ARTÍCULO SEGUNDO: Corregir el Auto de inicio de trámite No. 00125 del 07 de febrero de 2022, en el Literal C de las Consideraciones Jurídicas, el cual quedará de la siguiente manera: C.- Que teniendo en cuenta que señor JULIAN FELIPE LOPEZ ZAPATA, acreditó el interés jurídico que le asiste para la formulación de la petición que antecede, ya que reúne los requisitos exigidos por la ley, esta Entidad admite la solicitud realizada y en efecto dará inicio al trámite administrativo Ambiental.ARTÍCULO TERCERO: Corregir el Auto de inicio de trámite No. 00125 del 07 de febrero de 2022, en los Artículos Primero y Tercero del Dispone, los cuales quedarán de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Permiso de Vertimientos, a favor del señor JULIAN FELIPE LOPEZ ZAPATA,  propietario, del predio denominado, VILLA LILIANA, (Según Peticionario), VILLA LILIANA, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente Acto Administrativo al señor JULIAN FELIPE LOPEZ ZAPATA, para lo cual se enviará oficio a la dirección,: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 00125 del 07 de febrero de 2022, continúan vigentes.