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  • Fecha de creación marzo 18, 2024
  • Última actualización marzo 18, 2024

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0024-2024

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por el señor EDGAR BASILIO BECERRA JIMENEZ, poseedor, del predio denominado, LA AURORA, (Según Peticionario), LA AURORA, (Según Promesa de Compraventa), jurisdicción del municipio de Dosquebradas, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 8437 del 02 de mayo de 2023, permiso de vertimientos. B.- Que, una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se creó el expediente No. 12822, relacionado con el oficio No. 8437 del 02 de mayo de 2023, y se expidió el Auto de Inicio de Trámite No. 00560 del 26 de mayo de 2023. C.- Que una vez asignado el Auto de Inicio de Trámite No. 00560 del 26 de mayo de 2023, al componente técnico para su evaluación, este realizó la evaluación del trámite mediante el Concepto Técnico No. 4762 del 28 de noviembre de 2023, el cual fue asignado al componente jurídico de la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial para proyectar el Acto Administrativo que resolviera de fondo la solicitud. D.- Que mediante oficio radicado en CARDER No. 28057 del 30 de diciembre de 2023, realizó una aclaración respecto de la posesión del predio, considerando que se había presentado un desenglobe y la matrícula No. 296-40547, ya no sería la de su predio sino la matrícula No. 294-34724. E.- Que mediante memorando No. 888 del 22 de febrero de 2024, el componente jurídico de la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, remitió el expediente No. 12822 a la Ventanilla Verde con el fin de realizar el auto modificatorio correspondiente al cambio de número de matrícula inmobiliaria. F.- Que, de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de Trámite No. 00560 del 26 de mayo de 2023, se debe modificar en el Literal A del Considerando y en el Artículo Primero del dispone, conforme lo expuesto en los literales anteriores. G.- Que la ley 1437 de 2011 en su artículo 45 establece la posibilidad de corregir los errores formales contenidos en los actos administrativos. “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.” Que, en mérito de lo expuesto, la Subdirección De Gestión Ambiental Sectorial de la CARDER; RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Auto de inicio de Trámite No. 00560 del 26 de mayo de 2023, en el Literal A del Considerando, el cual quedará de la siguiente manera: A.- Que el señor EDGAR BASILIO BECERRA JIMENEZ, poseedor, del predio denominado, LA AURORA, (Según Peticionario), LA AURORA, (Según Promesa de Compraventa), jurisdicción del municipio de Dosquebradas, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 8437 del 02 de mayo de 2023, permiso de vertimientos. ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Auto de inicio de Trámite No. 00560 del 26 de mayo de 2023, en el Artículo Primero del Dispone, el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de permiso de vertimientos, a favor del señor EDGAR BASILIO BECERRA JIMENEZ, poseedor, del predio denominado, LA AURORA, (Según Peticionario), LA AURORA, (Según Promesa de Compraventa), jurisdicción del municipio de Dosquebradas, departamento de Risaralda, ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de Trámite No. 00560 del 26 de mayo de 2023, continúan vigentes.