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  • Fecha de creación abril 17, 2023
  • Última actualización abril 17, 2023

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0031-2023

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por la sociedad PLANTA Y FRIGORIFICO DEL OTUN FRIGOTUN S.A.S, representada legalmente por el señor FREDY ALBEIRO ZAPATA RIVAS, actuando en calidad de locatario y autorizado por BANCO DAVIVIENDA S.A, por medio de su apoderada la señora CAROL PAOLA FRANCO OSPINA, propietario del predio denominado MATADERO METROPOLITANO CIUDADELA PARQUE INDUSTRIAL DE PEREIRA LTDA (Según Certificado de Tradición) localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 10576 del 02 de junio de 2022, Aprobación del Programa de uso eficiente y ahorro del agua. C.- Que, una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 11512, relacionado con el oficio No. 10576 del 02 de junio de 2022, y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 00643 del 06 de junio de 2022. D.- Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 00643 del 06 de junio de 2022, al componente técnico para su evaluación este logró evidenciar que el usuario contaba con la Resolución No. 1717 del 05 de noviembre de 2020, por medio de la cual se aprobó un programa de uso eficiente y ahorro del agua PUEAA, por lo cual no era procedente una nueva solicitud, sino una modificación a dicho Acto Administrativo. E.- Que mediante el memorando No. 1214 del 10 de abril de 2023, el componente técnico solicita la modificación del Auto de inicio de trámite No. 00643 del 06 de junio de 2022, con el fin de indicar que el trámite correspondiente es la Modificación de la Resolución No. 1717 del 05 de noviembre de 2020. F.- Que, de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 00643 del 06 de junio de 2022, se debe modificar en el literal A del considerando y en el Artículo Primero del dispone junto con el parágrafo, en el sentido de modificar el trámite iniciado según lo expuesto en los literales anteriores y a su vez relacionar al trámite el expediente correspondiente a la Resolución No. 1717 del 05 de noviembre de 2020. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 00643 del 06 de junio de 2022, en el literal A del Considerando, el cual quedará de la siguiente manera: A.- Que la sociedad PLANTA Y FRIGORIFICO DEL OTUN FRIGOTUN S.A.S, representada legalmente por el señor FREDY ALBEIRO ZAPATA RIVAS,  actuando en calidad de locatario y autorizado por BANCO DAVIVIENDA S.A, por medio de su apoderada la señora CAROL PAOLA FRANCO OSPINA, propietario del predio denominado MATADERO METROPOLITANO CIUDADELA PARQUE INDUSTRIAL DE PEREIRA LTDA (Según Certificado de Tradición) localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda,  solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 10576 del 02 de junio de 2022, Modificación de la Resolución No. 1717 del 05 de noviembre de 2020, en cuanto a la Aprobación del Programa de uso eficiente y ahorro del agua. ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 00643 del 06 de junio de 2022, en el Artículo Primero del dispone, el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Modificación de la Resolución No. 1717 del 05 de noviembre de 2020, en cuanto a la Aprobación del Programa de uso eficiente y ahorro del agua, a favor de la sociedad PLANTA Y FRIGORIFICO DEL OTUN FRIGOTUN S.A.S,  representada legalmente por el señor FREDY ALBEIRO ZAPATA RIVAS, actuando en calidad de locatario y autorizado por BANCO DAVIVIENDA S.A, por medio de su apoderada la señora CAROL PAOLA FRANCO OSPINA, propietario del predio denominado MATADERO METROPOLITANO CIUDADELA PARQUE INDUSTRIAL DE PEREIRA LTDA (Según Certificado de Tradición) localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, PARÁGRAFO: Teniendo en cuenta que el Matadero Frigotun cuenta en la Entidad con el expediente No. 1023 - PUEAA, este trámite será incorporado dentro del expediente en mención, y los documentos obrantes en él, se tendrán en cuenta en el proceso de evaluación por considerarse una preexistencia. ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 00643 del 06 de junio de 2022, continúan vigentes.