[featured_image]
Descargar
Download is available until [expire_date]
  • Versión
  • Descargar 6
  • Tamaño del archivo 164.78 KB
  • Recuento de archivos 1
  • Fecha de creación abril 28, 2023
  • Última actualización abril 28, 2023

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0040-2023

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por la sociedad RECAP COLOMBIA GRANJA I S.A.S, representada legalmente por el señor WILLIAM JOSEPH MORALES REY, actuando en calidad de autorizado por la señora CARMEN ELENA ROJAS GRAJALES, propietaria de los predios denominados SECTOR VEREDA SOTARA MUNICIPIO LOTE EL CARMEN (Según Certificado de Tradición) localizado en jurisdicción del municipio Pereira, departamento de Risaralda, y SECTOR VEREDA SOTARA MUNICIPIO LOTE URUBAMBA (Según Certificado de Tradición) localizado en jurisdicción del municipio Pereira, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 12237 del 23 de junio de 2022, Permiso de Ocupación de Cauce y Demarcación de Zonas de Retiro o de Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas.  C.- Que, una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 11574, relacionado con el oficio No. 12237 del 23 de junio de 2022, y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 00782 del 21 de julio de 2022.  D.- Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 00782 del 21 de julio de 2022, al componente técnico para su evaluación este logró evidenciar mediante la visita técnica realizada el 29 de julio de 2022 con Acta No. 40434, que el usuario debía tramitar la Autorización para Disposición Final de Escombros y Material Sobrante de Descapote y Excavación. E.- Que dado lo anterior se realizó oficio de complementación de información No. 18932 del 04 de agosto de 2022, teniendo como respuesta el oficio radicado en CARDER No. 19504 del 05 de octubre de 2023, el usuario aportó la siguiente información: Concepto de uso del suelo. Formato de costos. Certificado de existencia y representación legal de RECAP COLOMBIA GRANJA I S.A.S. Certificado de tradición matrícula inmobiliaria No. 290-196696. Certificado de tradición matrícula inmobiliaria No. 290-196694. Documento técnico – Disposición Final.• Una (1) USB. G.- Que mediante oficio radicado en CARDER No. 5262 del 02 de mayo de 2018, el usuario aportó la siguiente información: Reliquidación de los servicios de trámites ambientales. Soporte de pago Derechos por cobrar. H.- Que mediante el memorando No. 1452 del 25 de abril de 2023, el componente técnico de la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, solicita la modificación del Auto de inicio de trámite No. 00782 del 21 de julio de 2022, con el fin de incluir el trámite de Autorización para Disposición Final de Escombros y Material Sobrante de Descapote y Excavación. I.- Que, de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 00782 del 21 de julio de 2022, se debe corregir en el literal A y D del considerando y en el Artículo Primero del dispone, conforme lo expuesto en los literales anteriores. RESUELVE  ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 00782 del 21 de julio de 2022, en el literal A y D del Considerando, el cual quedará de la siguiente manera: A.- Que la sociedad RECAP COLOMBIA GRANJA I S.A.S, representada legalmente por el señor WILLIAM JOSEPH MORALES REY, actuando en calidad de autorizado por la señora CARMEN ELENA ROJAS GRAJALES, propietaria de los predios denominados SECTOR VEREDA SOTARA MUNICIPIO LOTE EL CARMEN (Según Certificado de Tradición) localizado en jurisdicción del municipio Pereira, departamento de Risaralda,  y SECTOR VEREDA SOTARA MUNICIPIO LOTE URUBAMBA (Según Certificado de Tradición) localizado en jurisdicción del municipio Pereira, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 12237 del 23 de junio de 2022, Permiso de Ocupación de Cauce, Autorización para Disposición Final de Escombros y Material Sobrante de Descapote y Excavación y Demarcación de Zonas de Retiro o de Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas.  D.- Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio al trámite de Permiso de Ocupación de Cauce, Autorización para Disposición Final de Escombros y Material Sobrante de Descapote y Excavación y Demarcación de Zonas de Retiro o de Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas, de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 2811 de 1974, Decreto No. 1541 de 1978, Decreto No. 1575 de 2007, Decreto No. 3930 de 2010, Compilados por Decreto único reglamentario 1076 de 2015, Ley No. 99 de 1993, Ley 1955 de 2019 y Acuerdo CARDER No. 028 de 2011, modificado por el Acuerdo CARDER No. 020 de 2013. ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 00782 del 21 de julio de 2022, en el Artículo Primero del dispone, el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Permiso de Ocupación de Cauce, Autorización para Disposición Final de Escombros y Material Sobrante de Descapote y Excavación y Demarcación de Zonas de Retiro o de Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas, a favor de la sociedad RECAP COLOMBIA GRANJA I S.A.S,  representada legalmente por el señor WILLIAM JOSEPH MORALES REY, actuando en calidad de autorizado por la señora CARMEN ELENA ROJAS GRAJALES, propietaria de los predios denominados SECTOR VEREDA SOTARA MUNICIPIO LOTE EL CARMEN (Según Certificado de Tradición) localizado en jurisdicción del municipio Pereira, departamento de Risaralda,  y SECTOR VEREDA SOTARA MUNICIPIO LOTE URUBAMBA (Según Certificado de Tradición) localizado en jurisdicción del municipio Pereira, departamento de Risaralda, ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 00782 del 21 de julio de 2022, continúan vigentes.