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  • Fecha de creación agosto 4, 2022
  • Última actualización agosto 4, 2022

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0055-2022

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por la sociedad RECAP COLOMBIA GRANJA II S.A.S, representada legalmente por el señor WILLIAM JOSEPH MORALES REY, actuando en calidad de autorizado por la sociedad SANINT SAS, representada legalmente por el señor LUIS FELIPE SANINT JARAMILLO, propietario de los predios denominados GUANACASTE (Según Certificado de Tradición) localizado en jurisdicción del municipio Pereira, departamento de Risaralda y LOTE 1 “PUNTO ARENAS” (Según Certificado de Tradición) localizado en jurisdicción del municipio Pereira, departamento de Risaralda,  solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 12363 del 24 de junio de 2022, Permiso De Ocupación De Cauce Y Demarcación De Zonas De Retiro O Fajas Protectoras De Corrientes Hídricas. C.- Que, una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 11579, relacionado con el oficio No. 12363 del 24 de junio de 2022, y se expidió el Auto de inicio de Trámite No. 00781 del 21 julio de 2022. D.- Que en labores de verificación y asignación del Auto de inicio de Trámite No. 00781 del 21 julio de 2022, la Secretaría Ejecutiva de la Ventanilla Verde logró evidenciar que el derecho por cobrar y el soporte de pago relacionados en el Auto de Inicio no correspondían al trámite con radicado oficio No. 12363 del 24 de junio de 2022, que el de Derecho por Cobrar correspondiente es el No. 4350 del 28 de julio de 2022 con recibo de consignación No. 3560 del 28 de julio de 2022. E.- Que mediante memorando No. 3084 del 01 de agosto de 2022, la Secretaría Ejecutiva de la Ventanilla Verde, solicitó la corrección del Auto de Inicio de Trámite No. 00781 del 21 julio de 2022, en el sentido de realizar la corrección del Derecho por Cobrar.F.- Que, de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad se determina que el Auto de inicio de trámite No. 00781 del 21 julio de 2022, se debe modificar, en el literal B del Considerando, en el sentido del corregir el derecho por cobrar relacionado en el mismo.RESUELVE -ARTÍCULO PRIMERO: Corregir el Auto de inicio de trámite No. 00781 del 21 julio de 2022, en el literal B del Considerando, el cual quedará de la siguiente manera: B.- Qué mediante derechos por cobrar No. 4350 del 28 de julio de 2022 y recibo de consignación No. 3560 del 28 de julio de 2022, cancela los costos correspondientes de los servicios de Evaluación, Publicación del Auto de Inicio de Trámite y Publicación de la Resolución.ARTÍCULO SEGUNDO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 00781 del 21 julio de 2022, continúan vigentes.