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- Fecha de creación agosto 26, 2021
- Última actualización agosto 26, 2021
AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0058-2021
Por medio de la cual se modifica el inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta Que la ley 1437 de 2011 en su artículo 45 establece la posibilidad de corregir los errores formales contenidos en los actos administrativos. Que el señor LUIS ENRIQUE PARRA ANDRADE, y el señor LUCIANO VALENCIA CANO, copropietarios del predio denominado, LA CASCADA – LA DIVISA, (Según Peticionarios), LA CASCADA – LA DIVISA (Según certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 619 del 15 de enero de 2021, Registro De Plantaciones Forestales Protectoras O Productoras Incluye Guadua, Cañabrava Y Bambú, Especies Forestales Naturales Y Exóticas y Permiso o Autorización de Aprovechamiento Forestal de Bosques Naturales, Incluyendo Guadua, Cañabrava o Bambú, y a su vez autorizaron al señor ARQUIRIO MESA PULGARÍN, para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación y retire los salvoconductos correspondientes. Que una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 8944, relacionado con el oficio No. 619 del 15 de enero de 2021 y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 00273 del 10 de marzo de 2021. Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 00273 del 10 de marzo de 2021; a la parte técnica para su evaluación, esta pudo evidenciar, que el aprovechamiento forestal sería realizado en predios diferentes a los relacionados en el Auto de inicio de trámite No. 00273 del 10 de marzo de 2021. Que mediante oficio No. 4259 del 23 de marzo de 2021, el profesional adscrito a la Subdirección de Gestión Ambienta Sectorial, solicitó al usuario aportar la información correspondiente a los predios en los cuales se realizaría el aprovechamiento forestal. - Que mediante oficio radicado en CARDER No. 12316 del 27 de julio de 2021, el usuario complemento la información requerida mediante oficio No. 4259 del 23 de marzo de 2021, aportando lo siguiente: Certificado de tradición matrícula Certificado de tradición matrícula Certificado de tradición matrícula Que mediante oficio radicado en CARDER No. 13479 del 12 de agosto de 2021, el usuario complemento la información, aportando lo siguiente: Formulario único nacional de solicitud de aprovechamiento forestal de bosque natural o plantado no registrado. H.- Que mediante memorando No. 2628 del 17 de agosto de 2021, el profesional adscrito a la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, solicitó la modificación del Auto de inicio de trámite No. 002723 del 10 de marzo de 2021, en el sentido de realizar el cambio en las matrículas inmobiliarias objeto del aprovechamiento forestal. H.- Que de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 002723 del 10 de marzo de 2021, se debe Modificar en el literal A y E del considerando y en el Artículo Primero del dispone, en el sentido de modificar las matrículas inmobiliarias del aprovechamiento forestal. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 00273 del 10 de marzo de 2021, en el Literal A y E del considerando, el cual quedara de la siguiente manera: A.- Que el señor LUIS ENRIQUE PARRA ANDRADE, propietario, del predio denominado, EL RODEO (Según certificado de Tradición), localizado la vereda La Selva, en jurisdicción del municipio de Pereira, del predio denominado, LA MORALES (Según certificado de Tradición), localizado la vereda La Selva, en jurisdicción del municipio de Pereira, del predio denominado, LA ESTRELLA (Según certificado de Tradición), localizado la vereda La Palmilla, en jurisdicción del municipio de Pereira, quien solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 619 del 15 de enero de 2021, Registro De Plantaciones Forestales Protectoras O Productoras Incluye Guadua, Cañabrava Y Bambú, Especies Forestales Naturales Y Exóticas y Permiso o Autorización de Aprovechamiento Forestal de Bosques Naturales, Incluyendo Guadua, Cañabrava o Bambú, y a su vez autorizó al señor ARQUIRIO MESA PULGARÍN, para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación y retire los salvoconductos correspondientes. - Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio al trámite de Registro De Plantaciones Forestales Protectoras O Productoras Incluye Guadua, Cañabrava Y Bambú, Especies Forestales Naturales Y Exóticas y Permiso o Autorización de Aprovechamiento Forestal de Bosques Naturales, Incluyendo Guadua, Cañabrava o Bambú ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 00273 del 10 de marzo de 2021, en el Artículo Primero del Dispone el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Registro De Plantaciones Forestales Protectoras O Productoras Incluye Guadua, Cañabrava Y Bambú, Especies Forestales Naturales Y Exóticas y Permiso o Autorización de Aprovechamiento Forestal de Bosques Naturales, Incluyendo Guadua, Cañabrava o Bambú, a favor del señor LUIS ENRIQUE PARRA ANDRADE, , propietario, del predio denominado, EL RODEO (Según certificado de Tradición), localizado la vereda La Selva, en jurisdicción del municipio de Pereira, del predio denominado, LA MORALES (Según certificado de Tradición), localizado la vereda La Selva, en jurisdicción del municipio de Pereira, del predio denominado, LA ESTRELLA (Según certificado de Tradición), localizado la vereda La Palmilla, en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, y quien a su vez autorizó al señor ARQUIRIO MESA PULGARÍN, para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación y retire los salvoconductos correspondientes. ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 00273 del 10 de marzo de 2021, continúan vigentes.