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  • Fecha de creación junio 29, 2023
  • Última actualización junio 29, 2023

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0063-2023

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por el SERVICIO NACIONAL DE APREDIZAJE- SENA, actuando mediante su representante legal, el señor OSCAR ALBERTO SANCHEZ LOPEZ, propietaria, del predio denominado, EL LEMBO CENTRO AGROPECUARIO, (Según Peticionario), LOTE (1) PARAJE EL LEMBO # FRACCION DE SAN JUAN, (Según Certificado de Tradición), jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 21249 del 28 octubre de 2022, Concesión De Aguas Superficiales y Aprobación del programa de uso eficiente y ahorro del agua (PUEAA), y a su vez autorizó al señor LUIS FELIPE MUÑOZ OROZCO, para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación. C.- Que, una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 12037, relacionado con el oficio No. 21249 del 28 octubre de 2022, y se expidió el Auto de Inicio de Trámite No. 1209 del 01 de noviembre de 2022. D.- Que mediante oficio No. 28694 del 16 de noviembre de 2022, se realizó el aviso de la visita técnica de evaluación del trámite iniciado mediante Auto de Inicio de Trámite No. 1209 del 01 de noviembre de 2022. E.- Que en la visita técnica realizada el 02 de diciembre de 2022 con acta No. 74155, en componente técnico evidenció que el trámite correspondía a Concesión de Aguas Subterráneas, por lo cual mediante oficio No. 32022 del 15 de diciembre de 2022, se solicitó al usuario información complementaria relacionad a la Concesión de Aguas Subterráneas. F.- Que mediante el oficio No. 696 del 16 de enero de 2023, el usuario da respuesta al oficio No. 32022 del 15 de diciembre de 2022, adjuntando el Formulario Único Nacional de Solicitud de Aguas Subterráneas. G.- Que mediante memorando No. 112 del 17 de enero de 2023, el componente técnico solicitó la modificación del Auto de Inicio de Trámite No. 1209 del 01 de noviembre de 2022, en el sentido de cambiar la concesión de aguas superficiales por la Concesión de Aguas Subterráneas. H.- Que mediante el Auto Modificatorio No. 0005 del 20 de enero de 2023, se realizó la modificación del Auto de Inicio de Trámite No. 1209 del 01 de noviembre de 2022, indicando que la concesión a realizar sería de aguas Subterránea. I.- Que el Auto Modificatorio No. 0005 del 20 de enero de 2023, fue comunicado al usuario mediante el oficio No. 940 del 20 de enero de 2023 y a su vez fue asignado al componente técnico encargado de evaluar la Concesión de aguas Subterránea. J.- Que el día 25 de abril de 2023 el componente técnico encargado de evaluar la Concesión de aguas Subterránea, realizó visita técnica con Acta No. 68810, en la cual evidencia que la concesión realizada por el usuario si es proveniente de una fuente superficial. K.- Que mediante memorando No. 2491 del 16 de junio de 2023, el componente técnico solicitó la modificación del Auto de Inicio de Trámite No. 1209 del 01 de noviembre de 2022, en el sentido de cambiar la concesión de aguas subterráneas por la Concesión de Aguas Superficiales nuevamente. L.- Que, de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de Inicio de Trámite No. 1209 del 01 de noviembre de 2022, se debe modificar en el Literal A y D, del considerando y en el Artículo Primero del dispone¸ modificando el tipo de concesión solicitada. Que, en mérito de lo expuesto, la Subdirección De Gestión Ambiental Sectorial de la CARDER; RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Auto de inicio de Trámite No. 1209 del 01 de noviembre de 2022, en el Literal A y D del Considerando, los cuales quedarán de la siguiente manera: A.- Que el SERVICIO NACIONAL DE APREDIZAJE- SENA, actuando mediante su representante legal, el señor OSCAR ALBERTO SANCHEZ LOPEZ, propietaria, del predio denominado, EL LEMBO CENTRO AGROPECUARIO, (Según Peticionario), LOTE (1) PARAJE EL LEMBO # FRACCION DE SAN JUAN, (Según Certificado de Tradición), jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 21249 del 28 octubre de 2022, Concesión de Aguas Superficiales y Aprobación del programa de uso eficiente y ahorro del agua (PUEAA), y a su vez autorizó al señor LUIS FELIPE MUÑOZ OROZCO, para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación. D.- Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio al trámite de Concesión de Aguas Superficiales y Aprobación del programa de uso eficiente y ahorro del agua (PUEAA), de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 2811 de 1974, Decreto No. 1541 de 1978, Decreto No. 1575 de 2007, Decreto No. 3930 de 2010, Compilados por Decreto único reglamentario 1076 de 2015, Ley No. 99 de 1993, Ley No. 373 de 1997, Decreto 1090 de 2018, Resolución 1257 del 2018 del MADS y Resolución CARDER No. 88 del 2019. ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Auto de inicio de Trámite No. 1209 del 01 de noviembre de 2022, en el Artículo Primero del dispone, el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Concesión de Aguas Superficiales y Aprobación del programa de uso eficiente y ahorro del agua (PUEAA), a favor del SERVICIO NACIONAL DE APREDIZAJE- SENA, actuando mediante su representante legal, el señor OSCAR ALBERTO SANCHEZ LOPEZ, propietaria, del predio denominado, EL LEMBO CENTRO AGROPECUARIO, (Según Peticionario), LOTE (1) PARAJE EL LEMBO # FRACCION DE SAN JUAN, (Según Certificado de Tradición), jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, y quien a su vez autorizó al señor LUIS FELIPE MUÑOZ OROZCO, para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación. ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de Trámite No. 1209 del 01 de noviembre de 2022, continúan vigentes.