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  • Fecha de creación enero 2, 2023
  • Última actualización enero 2, 2023

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0067-2022

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por la señora MARIA DEL CARMEN VALENCIA CORREA, propietaria del predio denominado FINCA LA ARGELIA,(Según peticionario), LA ARGELIA PARAJE MANGABONITA, (Según certificado de tradición) localizado en jurisdicción del municipio de Marsella, Departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 10408 del 24 de septiembre de 2020, Concesión de Aguas Superficiales, Permiso de vertimientos, Ocupación de Cauce y Demarcación de Zonas de Retiro o Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas.C.- Que, una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 5047, relacionado con el oficio No. 10408 del 24 de septiembre de 2020, y se expidió el Auto de Inicio de Trámite No. 722 del 13 de julio de 2021. D.- Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 722 del 13 de julio de 2021, al componente técnico adscrito a la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial este proyectó el Concepto Técnico No. 2896 del 19 de septiembre de 2022, evaluando la Concesión de Aguas Superficiales, Permiso de vertimientos, Ocupación de Cauce. E.- Que mediante memorando No. 3887 del 20 de septiembre de 2022, el componente técnico adscrito a la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, remitió el expediente 5047 a la Subdirección de Gestión Ambiental Territorial, con el fin de que se adelantara lo correspondiente a la Demarcación de Zonas de Retiro o Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas. F.- Que mediante memorando No. 4174 del 05 de octubre de 2022, la Subdirección de Gestión Ambiental Territorial, realiza la devolución del expediente 5047, argumentando que una vez realizada la visita técnica el día 04 de octubre de 2022, se evidenció que al predio LA ARGELIA PARAJE MANGABONITA, (Según certificado de tradición) localizado en jurisdicción del municipio de Marsella, Departamento de Risaralda, no lo atraviesan corrientes hídricas, lo cual fue precisado y manifestado por parte de la persona que atendió la visita, lo cual consta en el acta de visita N° 70690.G.- Que, de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 722 del 13 de julio de 2021, se debe Modificar en el literal A y D del considerando y en el Artículo Primero del dispone, modificando los trámites iniciados a través del mismo.RESUELVE-ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 722 del 13 de julio de 2021, en el Literal A del considerando, el cual quedará de la siguiente manera:A.- Que la señora MARIA DEL CARMEN VALENCIA CORREA, propietaria del predio denominado FINCA LA ARGELIA, (Según peticionario), LA ARGELIA PARAJE MANGABONITA, (Según certificado de tradición) localizado en jurisdicción del municipio de Marsella, Departamento de Risaralda,  solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 10408 del 24 de septiembre de 2020, Concesión de Aguas Superficiales, Permiso de vertimientos y Ocupación de Cauce. D.- Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio a los trámites de Concesión de Aguas Superficiales, Permiso de vertimientos y Ocupación de Cauce, de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 2811 de 1974, Decreto No. 1541 de 1978, Decreto No. 1575 de 2007, Decreto No. 3930 de 2010, Compilados por Decreto único reglamentario 1076 de 2015, Ley No. 99 de 1993, Ley 1955 de 2019 y Acuerdo CARDER No. 028 de 2011, modificado por el Acuerdo CARDER No. 020 de 2013. ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Auto de inicio de trámite No. 722 del 13 de julio de 2021, en el Artículo Primero del Dispone el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Concesión de Aguas Superficiales, Permiso de vertimientos y Ocupación de Cauce, a favor del la señora MARIA DEL CARMEN VALENCIA CORREA, propietaria del predio denominado FINCA LA ARGELIA, (Según peticionario), LA ARGELIA PARAJE MANGABONITA, (Según certificado de tradición) localizado en jurisdicción del municipio de Marsella, Departamento de Risaralda, ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 722 del 13 de julio de 2021, continúan vigentes.