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- Fecha de creación julio 31, 2023
- Última actualización julio 31, 2023
AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0078-2023
Por medio de la cual se modifica el inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por la señora YOLANDA AMAYA GIRALDO, propietaria, del predio denominado, LA FE, (Según Certificado de Traición), localizado en la vereda LA QUIEBRA DEL CEDRAL, jurisdicción del municipio de Santuario, departamento de Risaralda, solicitaron a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 10126 del 23 de mayo de 2023, Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos, y a su vez autorizó al señor, OCTAVIO HURTADO GUTIERREZ, para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación. C.- Que, una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 12894, relacionado con el oficio No. 10126 del 23 de mayo de 2023, y se expidió el Auto de Inicio de Trámite No. 00656 del 13 de junio de 2023. D.- Que el Auto de Inicio de Trámite No. 00656 del 13 de junio de 2023, fue asignado al componente técnico para su evaluación y en la revisión del expediente se evidenció que se incurrió en un error, toda vez que el usuario solicitó Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos, sin embargo, únicamente en el auto de inicio se incluyó el trámite de Concesión de Aguas Superficiales. E.- Que mediante memorado No. 3067 del 14 de julio de 2023, el componente técnico solicitó la corrección del Auto de Inicio de Trámite No. 00656 del 13 de junio de 2023, en el sentido de incluir el Permiso de Vertimientos solicitado por el usuario. F.- Que, de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de Inicio de Trámite No. 00656 del 13 de junio de 2023, se debe corregir en el Literal A y D del considerando y en el Artículo Primero del dispone¸ según lo expuesto en los literales anteriores. Que, en mérito de lo expuesto, la Subdirección De Gestión Ambiental Sectorial de la CARDER; RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Corregir el Auto de inicio de Trámite No. 00656 del 13 de junio de 2023, en el Literal A y D del Considerando, los cuales quedarán de la siguiente manera: A.- Que la señora YOLANDA AMAYA GIRALDO, propietaria, del predio denominado, LA FE, (Según Certificado de Traición), localizado en la vereda LA QUIEBRA DEL CEDRAL, jurisdicción del municipio de Santuario, departamento de Risaralda, solicitaron a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 10126 del 23 de mayo de 2023, Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos, y a su vez autorizó al señor, OCTAVIO HURTADO GUTIERREZ, para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación. D.- Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio al trámite de Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos, de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 2811 de 1974, Decreto No. 1541 de 1978, Decreto No. 1575 de 2007, Decreto No. 3930 de 2010, Compilados por Decreto único reglamentario 1076 de 2015, Ley No. 99 de 1993, Ley 1955 de 2019 ARTÍCULO SEGUNDO: Corregir el Auto de inicio de Trámite No. 00656 del 13 de junio de 2023, en el Artículo Primero del dispone, el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos, a favor de la señora YOLANDA AMAYA GIRALDO, propietaria, del predio denominado, LA FE, (Según Certificado de Traición), localizado en la vereda LA QUIEBRA DEL CEDRAL, jurisdicción del municipio de Santuario, departamento de Risaralda, y quien a su vez autorizó al señor, OCTAVIO HURTADO GUTIERREZ, para que realice todas las actuaciones y trámites correspondientes ante esta Autoridad Ambiental, esto es que se notifique de los Actos Administrativos que profiera la Corporación. ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de Trámite No. 00656 del 13 de junio de 2023, continúan vigentes.