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- Fecha de creación agosto 16, 2023
- Última actualización agosto 16, 2023
AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0089-2023
Por medio de la cual se modifica el inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por la empresa INVERSIONES BAMER S.A.S., representada legalmente por el señor BADIH MERHEG, propietaria, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 52, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 41, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 34, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 55, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 51, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 40, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 28, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 54, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 50, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 39, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 11, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 29, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 49, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 13, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 30, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 53, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 42, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 35, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 32, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, autorizada por el señor BADIH MERHEG, propietario del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 23, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, autorizada por el señor RONALD FRANCISCO ROSERO SOLARTE, propietario del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 12, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, autorizada por el señor JESUS MAURIER VALENCIA HERNANDEZ, propietario del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 38, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, autorizada por la señora CLAUDIA YANETH ARIAS CASTAÑO, propietario del predio denominado SECTOR VEREDA EL JORDAN ECOCONDOMINIO CAMPESTRE ALTOS DE BARILOCHE UNIDAD PRIVADA NRO. 14, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 7145 del 10 de mayo de 2021, Permiso de Ocupación de Cauce, Autorización para Disposición final de escombros y Material Sobrante de Descapote y Excavación y Demarcación de Zonas de retiro o Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas. C.- Que, una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 3890, relacionado con el oficio No. 7145 del 10 de mayo de 2021, y se expidió el Auto de Inicio de Trámite No. 00646 del 18 de junio de 2021. D.- Que una vez asignado el Auto de Inicio de Trámite No. 00646 del 18 de junio de 2021, al componente técnico este realizo para la evaluación correspondiente, se realizó visita técnica el día 04 de noviembre de 2021 y se generó Concepto Técnico No. 4223 del 28 de diciembre de 2021. E.- Que el Concepto Técnico No. 4223 del 28 de diciembre de 2021, fue asignado al componente jurídico de la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial con el fin de que se proyectara el Acto Administrativo que resolviera de fondo la solicitud del otorgamiento ambiental. F.- Que mediante la Resolución CARDER No. 5004 del 29 de septiembre de 2022, se denegó la aprobación de la demarcación de zonas de retiro o fajas protectoras de corrientes hídricas, un permiso de ocupación de cauce, la autorización de la disposición final de material sobrante de descapote y excavación, resolviendo la petición realizada mediante el radicado No. 7145 del 10 de mayo de 2021. G.- Que mediante oficio radicado en CARDER No. 21674 del 02 de noviembre de 2022, la empresa INVERSIONES BAMER S.A.S., representada legalmente por el señor BADIH MERHEG, identificado con cédula de ciudadanía No. 10.125.991, interpuso recurso de reposición contra la Resolución CARDER No. 5004 del 29 de septiembre de 2022. H.- Que mediante la Resolución No. 5823 del 23 de noviembre de 2022, se resolvió el recurso de reposición en contra de la Resolución CARDER No. 5004 del 29 de septiembre de 2022, y por medio de la misma se confirmó la totalidad de lo dispuesto por la Resolución CARDER No. 5004 del 29 de septiembre de 2022. I.- Que mediante oficio radicado en CARDER No. 264 del 06 de enero de 2023, la empresa INVERSIONES BAMER S.A.S., identificada con NIT No. 800053915-3, representada legalmente por el señor BADIH MERHEG, identificado con cédula de ciudadanía No. 10.125.991, realizó la solicitud de revocatoria directa de la Resolución CARDER No. 5004 del 29 de septiembre de 2022. J.- Que mediante la Resolución No. 1165 del 04 de mayo de 2023, se resolvió la solicitud de revocatoria directa realizada por el usuario, revocando la Resolución CARDER No. 5004 del 29 de septiembre de 2022, retrotrayendo la Actuación Administrativa desde el Auto de Inicio de Trámite No. 00646 del 18 de junio de 2021 y en el artículo cuarto de dicho Acto Administrativo se ordenó a la Ventanilla Verde realizar las actuaciones a las que hubiese lugar, con el fin de continuar con el trámite. K.- Que mediante oficio radicado en CARDER No. 14496 del 14 de julio de 2023, el usuario aporta la siguiente información: Documento técnico. Certificado de tradición matrícula No. 290-200071 Certificado de tradición matrícula No. 290-200070 L.- Que mediante memorando No. 3182 del 19 de julio de 2023, Ventanilla Verde solicitó aclaración al componente jurídico de la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial respecto de las acciones a seguir con el expediente No. 3890, conforme lo dispuesto por la Resolución No. 1165 del 04 de mayo de 2023. M.- Que mediante memorando No. 3458 del 31 de julio de 2023 el componente jurídico de la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial realiza las aclaraciones pertinentes a la Ventanilla Verde, respecto de la modificación del Auto de Inicio de Trámite. N.- Que, de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de Inicio de Trámite No. 00646 del 18 de junio de 2021, se debe modificar en el Literal A del considerando y en el Artículo Primero del dispone¸ según lo expuesto en los literales anteriores. Que, en mérito de lo expuesto, la Subdirección De Gestión Ambiental Sectorial de la CARDER; RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Auto de inicio de Trámite No. 00646 del 18 de junio de 2021, en el Literal A del Considerando, el cual quedará de la siguiente manera: A.- Que la empresa INVERSIONES BAMER S.A.S., identificada con NIT No. 800053915-3, representada legalmente por el señor BADIH MERHEG, identificado con cédula de ciudadanía No. 10.125.991, propietaria, del predio denominado LOTE DE TERRENO DENOMINADO “VILLA GLORIA” UBICADO EN LA VEREDA EL MANZANO LOTE 2, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, identificado con la matricula inmobiliaria No. 290-200071 y del predio denominado LOTE DE TERRENO DENOMINADO “VILLA GLORIA” UBICADO EN LA VEREDA EL MANZANO LOTE 1, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, identificado con la matricula inmobiliaria No. 290-200070, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 7145 del 10 de mayo de 2021, Permiso de Ocupación de Cauce, Autorización para Disposición final de escombros y Material Sobrante de Descapote y Excavación y Demarcación de Zonas de retiro o Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas. ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Auto de inicio de Trámite No. 00646 del 18 de junio de 2021, en el Artículo Primero del dispone, el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Permiso de Ocupación de Cauce, Autorización para Disposición final de escombros y Material Sobrante de Descapote y Excavación y Demarcación de Zonas de retiro o Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas, a favor de la empresa INVERSIONES BAMER S.A.S., identificada con NIT No. 800053915-3, representada legalmente por el señor BADIH MERHEG, identificado con cédula de ciudadanía No. 10.125.991, propietaria, del predio denominado LOTE DE TERRENO DENOMINADO “VILLA GLORIA” UBICADO EN LA VEREDA EL MANZANO LOTE 2, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, identificado con la matricula inmobiliaria No. 290-200071 y del predio denominado LOTE DE TERRENO DENOMINADO “VILLA GLORIA” UBICADO EN LA VEREDA EL MANZANO LOTE 1, (Según Certificado de Tradición), localizado en jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, identificado con la matricula inmobiliaria No. 290-200070. ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de Trámite No. 00646 del 18 de junio de 2021, continúan vigentes.